Hola colegas. En un juicio de reajuste de pensión, mi cliente ha percibido una suma importante por embargo de la cuenta de la Anses.
Seguidamente, la Anses publica esto:
[11:30, 15/5/2023] El expediente Nro. xxxx a nombre de xxxx fue resuelto favorablemente el 28/03/23, el haber calculado ascendió a la suma de $ xxxx y se puso al pago en el mensual 05/2023.
Asimismo, el informe técnico adjunto a la liquidación da cuenta que el monto del embargo trabado oportunamente sobre las cuentas de ANSES resultó superior al importe del retroactivo calculado, por lo que corresponde dar inicio al proceso de recupero, de conformidad con lo establecido por la Circular 18/2018. Saldo deudor $ xxxx
[11:30, 15/5/2023] (Esto es la respuesta del Director de sentencias)
La suma que ellos calculan es diez veces inferior a la liquidación aprobada en 2021 y ya desactualizada. El haber es la mitad de lo que le correspondería cobrar en este mes.
Yo pretendo continuar la ejecución para que le paguen el retroactivo desde que se aprobó la liquidación y que le reajusten el haber.
Han tenido ustedes experiencias similares? y si es así, cómo han procedido?