Un jubilado puede seguir trabajando y recategorizarse como jubilado ley 24241 que actualmente pagan algo de $138 porque aumentó.
Ahora no creo que una persona como MT y Autonomo cobre la máxima, estoy segura que la maxima no, seguramente para cobrar el haber maximo son todos periodos en RRDD y con el tope.
Cuando una persona esta inscripta en 2 actividades se cargan 2 veces, cada periodo y cada una con su actividad correspondiente y se liquida.
Saludos