Hola mi consulta es la siguiente:
Sra. extranjera nacida en 7 de Junio de 1947, llegó al país en Abril de 1975.
El año 1992 Septiembre aporta como autónoma hasta 1995 Enero, pero no se da de baja y la dan de baja de oficio el año 2007.
Mi consultas son las siguientes:
1.- desde Mayo de 1975 hasta Agosto de 1992 moratoria 24.476 son 17 años y 3 meses
2.- Aportes autónoma desde Septiembre de 1992 hasta Enero de 1995 son 2 años 4 meses
3.- Aplico la ley 25321 art. 1 para los períodos de autonomos impagos
4.- Compro SDM por los años que faltan desde Abril del año 2000 hasta Junio del 2009 son 9 años y 2 meses
5.- Art. 19 exceso de edad 1 año
Dan 29 años 7 meses
Puedo aplicar DDJJ en este caso? Me parece que es hasta el año 2007.
O convendría comprar los 3 meses que faltan con autonomos aprovechando la quita del 60 %? O esperar unos meses?
Que me aconsejan?
Como hago la situación de revista?