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| Juzgado Seg.- Soc. 9 | |
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Alejandra Radua Gran Usuario
Mensajes : 267
| Tema: Juzgado Seg.- Soc. 9 Mar Jun 23 2009, 21:27 | |
| El juzgado de la seg. social 9, ante el cúmulo de causas, solicita al letrado acompañar determinada documentación. Solicita que la documentación deben estar certificadas por el organismo demandado y/o autenticadas con firma del letrado actuante. Copio parte del proveído. Es decir, debemos solicitar en el archivo que nos certifiquen la documentación? Pregunto porque dice: y/o autenticadas con firma del letrado actuante.
Atento el cúmulo de causas existentes, la falta de espacio físico en las dependencias del Tribunal para recibir nuevas actuaciones administrativas, y siendo que la documental en poder de la demandada, solicitada por el actor, es el expediente administrativo de acceso público, hágase saber al letrado de la parte actora que deberá acompañar copia de toda documental que considere pertinente al derecho de su representado, en especial 1)la resolución otorgante del beneficio, (en caso de pensión si la misma es directa o derivada y en este caso la resolución otorgante del beneficio jubilatorio del causante); 2) el computo de remuneraciones efectuado y/o categorías aportadas (haberes en relación de dependencia, autónomos o mixtos) 3) el reclamo administrativo previo y 4) la resolución denegatoria que impugna en autos.
Hágase saber que las constancias respectivas deberán estar certificadas por el organismo demandado y/o autenticadas con firma del letrado actuante, debiendo declarar bajo su responsabilidad: a) si ha existido un proceso judicial previo, relativo al reajuste de haberes de su mandante (aunque corresponda a un período diferente al ahora reclamado), debiendo en tal caso acompañar el o los pronunciamientos respectivos y declarar si se encuentran firmes, y
b) la inexistencia de cosa juzgada en relación al reclamo impetrado en autos.
Para el caso de acreditarse fehacientemente la imposibilidad de acceder al expediente de marras líbrese oficio a la demandada a fin de que en el plazo de diez días remita las actuaciones administrativas de titularidad del accionante, (y en caso de corresponder, aquel donde tramitara el reclamo administrativo previo), bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 398 del C.P.C.C.N. Ofíciese, quedando a cargo de la parte actora su confección y diligenciamiento (Art. 400 CPCCN) debiendo consignar número de expediente, de beneficio y de documento de identidad. |
| | | Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Juzgado Seg.- Soc. 9 Miér Jun 24 2009, 00:10 | |
| Gracias por la info Ale! Pareciera que es como decis, las copias deben estar certificadas por Anses |
| | | ALEJANDRA VALLAD Meritorio
Mensajes : 73 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Juzgado Seg.- Soc. 9 Dom Jun 28 2009, 14:18 | |
| yo interpreto de todo ésto, que podés firmar y sellar las fotocopias que agregas de toda esa documental. De los reclamos, de las resoluciones. Quizás quieren sacar más rápido los expedientes y no perder el tiempo en la remisión que debe hacer anses. En los laborales en provincia sellamos todas las copias, y si no querés sellarlas vos, las podés hacer sellar en Anses. EN el archivo el otro día había una abogada preguntando eso, pero la chica le dijo que ellos no sellaban, después le dijo que bueno, que tenía que preguntar no sé, por ahí mismo, pero ni ahí que lo hacían en el día, que si lo llegaban a hacer iba a tener que volver. Otra colega me dijo que llevó un escribano al archivo y las hizo certificar. Yo creo que con nuestro sello y firma basta, ya que estamos aprobando que son copias de lo que vimos o sacamos delarchivo. |
| | | ALEJANDRA VALLAD Meritorio
Mensajes : 73 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Juzgado Seg.- Soc. 9 Dom Jun 28 2009, 14:19 | |
| independientemente de que solo lo pida el 9, yo iba a presentar todo sellado y firmado, como se hace acá en los laborales de provincia. No está demás. Te asegurás que son las copias de lo que vos presentaste, incluso en los traslados. y manifestar que no hay juicios pendientes u otra cosa también, caiga en el juzgado que caiga. Así no se pierde tiempo. saludos. |
| | | Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Juzgado Seg.- Soc. 9 Miér Jul 08 2009, 00:54 | |
| El tema que en todo los juicios debes firmar y sellar las copias, sino te sale un proveido antes de correr traslado de la demanda para que se subsane el error. Yo creo que deben estar certificadas por Anses...pero como dice y/o..tachamos la "y" y las presentamos como siempre y declarar en la demanda: - Citación :
- "bajo su responsabilidad: a) si ha existido un proceso judicial previo, relativo al reajuste de haberes de su mandante (aunque corresponda a un período diferente al ahora reclamado), debiendo en tal caso acompañar el o los pronunciamientos respectivos y declarar si se encuentran firmes, y b) la inexistencia de cosa juzgada en relación al reclamo impetrado en autos. "
:scratch: no? |
| | | mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: Juzgado Seg.- Soc. 9 Miér Jul 08 2009, 16:56 | |
| Chicos en los juicios que inicie nunca tuve que sellar y firmar las copias.- Pero en el caso de las copias a la Procuracion si tuve que hacerlo, tbn depende el criterio del Juzgado |
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| Tema: Re: Juzgado Seg.- Soc. 9 | |
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| | | | Juzgado Seg.- Soc. 9 | |
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