Tengo una persona que quiere solicitar un retiro por invalidez. Tiene la regularidad con aportes en dependencia que surgen del SIJP. Asimismo tiene una afiliación de autonómo desde 1/1979.
Me dijeron que tengo que hacerle en el SICAM la situación de revista por esos años y aplicar en la solicitud el decreto 556/99, para que no se le compute como deuda, ya que no los tiene pagos.
Mi pregunta es hasta cuando le hago la situación de revista? Desde la fecha que me sale en el padrón histórico hasta el 6/ 2004, que es lo máximo que me permite el sistema en esa categoría, puede ser? En la consulta de datos personales del SICAM, no me sale nada.
Espero sus comentarios. Gracias