ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 Cliente Psicóloga

Ir abajo 
2 participantes
AutorMensaje
Pachin
Gran Usuario



Masculino
Mensajes : 298
Empleo /Ocio : Abogado

Cliente Psicóloga Empty
MensajeTema: Cliente Psicóloga   Cliente Psicóloga EmptyVie Jul 24 2009, 02:01

Gente, se me hizo una lagunilla: Estoy con un caso de una Psicóloga que tuvo aportes de todo tipo, aunque no es lo importante a los efectos de mi inquietud.

Lo que no recuerdo es lo siguiente: La tipa venía aportando como autónoma, pero a partir de 07/2004 se pasa a Monotibutista No Aportante.
Lógicamente, desde esa fecha los Pagos no aparecen en el SICAM.
Ahora bien, desde ese período a la fecha que hago: No los tengo en cuenta, es decir, hago de cuenta como si no existieran? O les aplico la 25321?

Y otra: Antes del período señalado la Sra. aportó en autónomos en la categoría 024 (Lic. en Psicología). Y tanto en Datos Personales como en Pagos, aparecen dichos períodos y pagos.
Mi pregunta al respecto es: Puedo utilizarlos o habrán sido derivados a la Caja Profesional? No me queda claro porque los pagos aparecen en la columna respectiva y los Datos Personales siguen igual que siempre.

Muchas gracias

Juan
Volver arriba Ir abajo
Mariana
Gran Usuario
Mariana


Femenino
Mensajes : 1462
Empleo /Ocio : Contadora

Cliente Psicóloga Empty
MensajeTema: Re: Cliente Psicóloga   Cliente Psicóloga EmptyVie Jul 24 2009, 02:09

Pachin escribió:
Gente, se me hizo una lagunilla: Estoy con un caso de una Psicóloga que tuvo aportes de todo tipo, aunque no es lo importante a los efectos de mi inquietud.

Lo que no recuerdo es lo siguiente: La tipa venía aportando como autónoma, pero a partir de 07/2004 se pasa a Monotibutista No Aportante.
Lógicamente, desde esa fecha los Pagos no aparecen en el SICAM.
Ahora bien, desde ese período a la fecha que hago: No los tengo en cuenta, es decir, hago de cuenta como si no existieran? O les aplico la 25321? En realidad es indistinto, porque no existe el componente previsional, por ende no genera deuda alguna. Igualmente en los casos que he tenido siempre apliqué la 25321.

Y otra: Antes del período señalado la Sra. aportó en autónomos en la categoría 024 (Lic. en Psicología). Y tanto en Datos Personales como en Pagos, aparecen dichos períodos y pagos.
Mi pregunta al respecto es: Puedo utilizarlos o habrán sido derivados a la Caja Profesional? No me queda claro porque los pagos aparecen en la columna respectiva y los Datos Personales siguen igual que siempre. Cobra jubilación de la caja??
Muchas gracias

Juan
Volver arriba Ir abajo
Pachin
Gran Usuario



Masculino
Mensajes : 298
Empleo /Ocio : Abogado

Cliente Psicóloga Empty
MensajeTema: Re: Cliente Psicóloga   Cliente Psicóloga EmptyVie Jul 24 2009, 02:23

Si si, ya le había aplicado hace un rato la 25321 por las dudas. Pero además, es como decis, al no haber componente previsional es indistinto, tenés razón.
Con respecto a la moratoria en cuotas no hay problema, todavía no se jubiló por la Caja Profesional.
El tema que me genera dudas es que aportó como autónoma a la categoría "Psicóloga" hasta 06/2004. Y no se si le afecta, en el sentido de si se le puedo utilizar esos períodos para la jubi de ANSeS.
A mi entender creo que se puede porque estan a "disposición" en el SICAM. De lo contrario, y pregunto: no tendrían que figurar en el sistema de la Caja Profesional si fueron derivados a ella?

Gracias

Juan
Volver arriba Ir abajo
Mariana
Gran Usuario
Mariana


Femenino
Mensajes : 1462
Empleo /Ocio : Contadora

Cliente Psicóloga Empty
MensajeTema: Re: Cliente Psicóloga   Cliente Psicóloga EmptyVie Jul 24 2009, 02:47

No hay problema Juan, podés tomar esos períodos de autónomo. Que haya aportado en la categoría "psicologa" no quiere decir que esos aportes sean derivados a la caja, simplemente se inscribió en esa categoría porque era esa la actividad que desarrollaba. Si un profesional aporta a la caja respectiva, no es obligatoria la inscripción en autónomos, pero si puede hacerlo en forma voluntaria.

Se encuentran comprendidos obligatoriamente en el SIJP las personas que por sí solas o conjunta o alternativamente con otras, asociadas o no, ejerzan habitualmente una profesión desempeñada por graduado en universidad nacional o en universidad provincial o privada autorizada para funcionar por el Poder Ejecutivo, o por quien tenga especial habilitación legal para el ejercicio de profesión universitaria reglamentada. Asimismo se aclara que no se encuentran obligados a este régimen, aquellas personas que ejerzan las actividades mencionadas anteriormente, y que por ellas se encontraren obligatoriamente afiliadas a uno o más regímenes jubilatorios provinciales para profesionales. En tal sentido quienes se encuentren obligados a realizar el aporte previsional de autónomos y su actividad consista en prestación de servicios, deberán categorizarse considerando la tabla II del Anexo II del Decreto 1866/06, encuadrándose en la categoría I o II si los ingresos brutos anuales fueron hasta $ 20.000.- o superiores a dicho monto, respectivamente.
Volver arriba Ir abajo
Contenido patrocinado





Cliente Psicóloga Empty
MensajeTema: Re: Cliente Psicóloga   Cliente Psicóloga Empty

Volver arriba Ir abajo
 
Cliente Psicóloga
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» JUBILACION PSICOLOGA EN ANSES
» Cliente sin DNI
» CLIENTE VIVE EN E.E.U.U.
» Turno sin cliente llevar DNI??
» Poder cliente en el exterior.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Previsional :: Sistema Previsional :: Pensiones-
Cambiar a: