Hola foristas!
Necesito aclarar mis ideas. Se trata de un señor nacido el 14/04/1958 y fallecido el 28/11/1999. No tuvo relación de dependencia. Tiene inscripción de autónomos y más de 12 meses abonados dentro de los últimos 60. Lo que no tiene son los 15 años pagados. Para llegar a los 15 ¿puedo aplicar art. 3 por la mitad de lo que correspondería si comprara los 30? (último pago 11/1996= 6 años DDJJ, ¿aquí serían 3 años?) Compro los 15 y el resto ¿puedo aplicar 14236 (por lo viejo) y Dec 526 por lo que va de 1996 a la fecha de fallecimiento?
Muchas gracias por lo que me puedan aportar.
Tenes que acceder a la moratoria por 14 años ( ya que con los 12 dentro de los ultimos 60 ), tendrias los 15 años.
Si, aplicas art. 3 por la mitad ,( 3 años) que corresponderia si llegaras a los 30 años.
Por el tema del 526 , cuando inicie un caso similar al tuyo , ( solo aplique el art. 3 y deje el sicam virgen ,le pedi a la iniciadora la aplicacion del decreto 526, por toda la deuda aunque fuera antes del 96 , hasta el fallecimiento.
Saludos