HAY FALLOS QUE ORDENAN DAR EL 75 % EN UNA PENSION DERIVADA DE LO QUE COBRABA EL FALLECIDO??????
EL CASO ES
JUBILADO POR 18.037 DERIVA EN UNA PENSION 24.241, AÑO 2006-
ME METI EN BLUE CORP AYUDAS Y VI ESTO, Y AL HACER UN CALCULO SALE POR DEFAULT EL 75 %, UNO PUEDE CAMBIARLO POR EL % 70 Q ES COMO LO APLICA ANSES, PERO SI HAY FALLOS Q ORDENAN CORREGIR ESO?...QUE ORDENA Q E APLIQUE EL 75 % PARA UNA DERIVADA DE 18.037-???
( ESTO ES DEL BLUE CORP )
Aplica el 75% en pensiones derivadas de la Ley 18037 posteriores al 14/7/94:
Es para el caso de pensiones derivadas de beneficios de la Ley 18037/8 con fallecimiento durante la vigencia de la Ley 24241 (o sea posteriores al 14/7/1994). Si indica Si se aplica el porcentaje de la Ley 18037 (75%), si indica No se aplica el porcentaje de la Ley 24241 (70% o el que corresponda según los coparticipes). La A.N.Se.S. aplica el porcentaje de la Ley 24241.
GRACIAS
fredi