Hola:
el tema de los ferroviarios es muy interesante porque el mìnimo ferroviario es el 1.7 % del haber mìnimo.
Por la 406/89 los que trabajaron en la actividad ferroviaria y afines tienen derecho a ese índice. Con haber tenido 10 años continuos o discontinuos, ocupando cualquier espacio de su vida laboral tienen ese derecho. También las pensiones.
saludos
Maria