|
| Interpretación SIJP | |
| | Autor | Mensaje |
---|
Cra_Sandra Meritorio
Mensajes : 77 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Interpretación SIJP Jue Nov 12 2009, 19:00 | |
| Hola! Necesito que me ayuden con un caso de una trabajadora temporaria (hotel) que posee CS extendida en el 2009, en la que figuran los sig. períodos: (en carácter de los servicios se aclara que son temporarios) 1986 En-Feb-Mar 1987 En-Feb-Mar 1988 En-Feb-Mar-Julio- Set a Dic 1989 En a Julio 1990 En a Abr-Jul-Ag 1991 En a Nov. (total: 38 meses)
De esta relación en el SIJP figura:
Año C.SE. ALT/BAJ M.T. 1986 51 01 03 -- 1988 00 01 00 07 Mi consulta es la siguiente: En el sijp se consideran 10 meses constatados? Aplicando el % requerido (25) se acreditaría la totalidad de la relación invocada? Teniendo en cuenta que es temporaria, los períodos con Cod. 00 también se pueden elevar? Gracias |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Interpretación SIJP Jue Nov 12 2009, 20:01 | |
| Cra'Sandra Aplica por analogia lo contestado en tu otro post de discontinuos. Los 00 son comunes y no son elevables Quedara por vos probar mediante recibos, certificaciones, testigos el caracter de las tareas Noto muchos huecos en ese SIPA, tendras que ver luego de conseguir las pruebas en que te pueden ayudar los Arts, de la 524-08 para cada año _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | Cra_Sandra Meritorio
Mensajes : 77 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Interpretación SIJP Jue Nov 12 2009, 20:42 | |
| Entonces, por un lado presentando la certif. y recibos, de alguna forma puedo probar que fue trabajadora por temporada? Y por el otro lado, para esos años, la Res. 524, dice que presentando certificación, debe figurar un 25 % en el SIJP para que se tenga por acreditado el 100 % de lo invocado. No? Lo que no estoy segura, es si en el SIJP que transcribí, en esos dos años, son 10 meses los que figuran, porque no están los datos de mes de baja, ni meses trabajados. Me harías el favor de controlarlo? Gracias por tu pronta respuesta. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Interpretación SIJP Jue Nov 12 2009, 21:46 | |
| Sandra vos necesitas probar 63 meses (3 para el cabeza y 60 los restantes) Que dice la certificacion de servicios ? como declara las tareas ? Esta activa la Empresa ? Que pruebas tenes ? Solo tenes 10 meses en el SIPAl Para Anses una CS es solo un indicio de parte, corroboran contra informacion interna; la prueba superior que es el Sipa y el 88 te lo declaran 00 Trabaja ese expediente a fuerza de probatorias porque va a pasar todos los filtros y si no abrumas con pruebas en alguno se queda. Quisiera ser mas optimista pero no puedo. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | Cra_Sandra Meritorio
Mensajes : 77 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Interpretación SIJP Jue Nov 12 2009, 22:25 | |
| Por lo que entiendo de la 524, debo probar los tiempos sin elevación:
"Los tiempos a considerar para la constatación en SIJP serán establecidos sobre la base de los tiempos reales de servicios(tiempos calculados sin elevación)".
Es decir que tengo 10 meses en SIJP y 38 en Certif., 10/38= 0,26 ..... 26 % y en la 524 pide un 25 %, para esos años. La certificación de servicios dice: CARACTER DE LOS SERVICIOS: TEMPORARIA. La empresa no está activa. Tengo todos los recibos de sueldo. Así sí estaría probado? Suponiendo que no pueda probar toda la relación como temporaria, y no pueda elevarlo, por lo menos queda probado como servicio común lo que no figura en SIJP con cód. 51?
PD: Perdón la insistencia y gracias de nuevo. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Interpretación SIJP Jue Nov 12 2009, 22:38 | |
| No, esta bien la insistencia, insisti en el tema, probalo Si nunca intentamos cruzar el rio, nunca sabremos lo que hay en la otra orilla Adelante, yo te deseo la mejor de las suertes,- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | Contenido patrocinado
| Tema: Re: Interpretación SIJP | |
| |
| | | | Interpretación SIJP | |
|
Temas similares | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| Beneficios para Miembros | Ya tenemos la Nueva Biblioteca, debe estar registrado para acceder a la misma! |
Biblioteca | Si desea acceder a nuestra Biblioteca donde encontrara Leyes, Resoluciones, Circulares, Planillas de Calculo, otras informaciones y utilidades, debera estar previamente registrado, es rapido, sencillo y gratuito, los invitamos a unirse a traves del siguiente link |
|