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| Colectivero.... | |
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gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| | | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Colectivero.... Vie Dic 11 2009, 14:17 | |
| - gladysmi escribió:
- Vino un Sr. con una CD de la empresa de colectivos donde trabaja, diciendole que al tener 55 años cumplidos, debe alcanzar a la misma, la "sábana " de Anses, con los años de aportes, para ya jubilarse.
El puede no jubilarse ahora, y mencionando el acogimiento a la 24241 art.19 lo hará al cumplir los 65 años? Lo mejor sería esperar a los 65, o lo estarán llamando para "arreglar"? Hola Gladys: Fijate este apuntecito: CHOFER si los aportes NO se efectuaron s/lo exigido para un régimen diferencial (2 ó 3 puntos porcentuales más q' el régimen común), la ANSES jamás los considerará como tales.
Ahora bien, dentro de la gama de los choferes existen en Régimen diferencial 4 casos:
a) Camionero/Fletero dependiente: 55/25 código 29 art.1 Ley 20740 b) Camionero/Fletero autónomo: 60/30 art.2 Ley 20740 c) Conductor de Omnibus/Transporte Colectivo: 55/30 código 01 inc d) art.1 Dto.4257/68 d) Taxista propietario autónomo: 60/30 Decreto 629/73 besitos |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Colectivero.... Vie Dic 11 2009, 14:49 | |
| Quiza de la inspeccion del legajo personal del chofer y viendo los antecedentes en el ramo declarados a su ingreso, presuman que ya tiene cumplido los 30 en el transporte. De hecho si proporciona la sabana esto quedara en evidencia siempre y cuando los aportes fueran codigo 01.- De cualquier forma conviene pedir esa sabana y evaluarla, si fueran insuficientes responder la CD diciendo que no reune los aÑos requeridos y si los cumple, debera jubilarse, pues ninguna ART. aseguraria un trabajador con mas de 30 en diferencial y con 55 de edad.- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| | | | geni10 Auxiliar
Mensajes : 143
| Tema: Re: Colectivero.... Vie Dic 11 2009, 19:30 | |
| Ademas de lo dicho otras cosas: no necesariamente tiene que llevar la sábana lab. eso es algo personal y la empresa no tiene porque obligarlo a presentar. si no reune los requisitos de aportes no lo pueden obligar a jubilarse y él solo tiene q contestar la C.D diciendo que no los reune y punto. (lo digo xq tb trabajo con empleadores).- Tb. evaluá bien el texto de la carta doc. porque sino no es una intimación efectiva no corre el plazo de un año aún. Y tene en cuenta eso, a partir de la intimación tenes un año para iniciar los trámites jubilatorios. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Colectivero.... Vie Dic 11 2009, 20:08 | |
| Coincido con Geni, la sabana para su propia evaluacion, nada le obliga a presentarla y analizar la CD en sus verdaderas intenciones. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| | | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Colectivero.... Lun Dic 14 2009, 16:02 | |
| Eso lo podriamos calcular cuando tengas la sabana a la vista, antes no, los 5000, no sabemos si involucran incentivos que no suman a la base, no sabemos si en los ultimos 120 caemos en remunerativas topeadas, etc. Cuando tengas la sabana, detalla desde un supuesto cese para atras 120 periodos. No omitas avisar si hay algo por cuenta propia en la hitoria.- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | gladysmi Auxiliar
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| Tema: Re: Colectivero.... | |
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| | | | Colectivero.... | |
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