Hola,antes que nada quiero desearles a todos los foristas un muy feliz comienzo de 2010 y que este año sea colmado de felicidad y esperanzas!!
Bueno mi consulta es acerca de una jub.de autonomos,resulta que mi cliente se inscribió en autonomos en 04/97 pero nunca efectuó pago alguno,mi pregunta es debo renunciar igualmente a esos períodos mediante 25321 por si generara deuda como en los casos en que existen pagos???
Saludos!!