Hola foristas
Les consulto por el caso de un Sr. que se acogió al plan de 25865, que se encuentra cancelado, y así aparece en Sicam en planes presentados. El tema es que este sr. no necesita 24476 pues no tiene deuda y reúne los requisitos para jubilarse.
Qué ley aplicable debo consignar: 24241 ó 24476? Ya que sólo utilizo la 25865 pues está cancelada y no envío plan.
Espero sus aportes. Muchísimas gracias desde ya.