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| cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas | |
| | Autor | Mensaje |
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juslibra Meritorio
Mensajes : 90
| Tema: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Mar Feb 02 2010, 13:48 | |
| Hola a todos, espero puedan orientarme, les relato la situación: Una pareja, con 12 años de concubinato. él miembro de FFAA, divorciado, inicia reclamos por reajustes durante la convivencia, fallece. Ella, ama de casa, divorciada, luego de 2 años del fallecimiento, obtiene el cobro de la pensión y el retroactivo por los meses anteriores. Al intentar cobrar los reajustes, que aparentemente son importantes, le dicen que debe iniciar sucesión y acreditar su calidad de heredera. Considero que como concubina, en la sucesión, no va para nada. Pero al reconocerle, su derecho a la pensión y hacerla efectiva, corresponde que perciba los reajustes, cuyo reclamo fue iniciada durante la convivencia, que ya están para cobrar. Agradeceré me orienten sobre como encararlo y bibliografía al respecto. |
| | | juslibra Meritorio
Mensajes : 90
| Tema: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Mar Feb 02 2010, 16:42 | |
| Hola: Sigo buscando, encuentro jpa a favor y en contra con relación a haberes adeudados, pero no sobre el tema de reajustes. En general se considera que continua percibiéndolos el que goza del derecho a la pensión, pero no encontré nada de reajustes. Gracias |
| | | mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Miér Feb 03 2010, 10:19 | |
| jus libra: deberias haberla presentado a la concubina en el expediente y denuciar la muerte del causante, en este caso deberias haber acreditado el vinculo en el juicio de reajuste.-
Y en este caso lamentablemente tendras que hacer la sucesion. Ello es asi xq el juicio de reajuste esta terminado y como te dije anteriormente no fue presentada como parte interesada. Una vez que tengas la declaratoria solicitas un oficio al IAF para que en el caso de existir posibles creditos a favor del causante, sean depositados a la orden de los herederos-
Con respecto a lo que vos decis que esta cobrando la pension eso podes tbn presentarlo como prueba para acreditar el vinculo.-
Es solo una orientacion. Saludos |
| | | dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Miér Feb 03 2010, 11:16 | |
| - mavesa escribió:
- jus libra: deberias haberla presentado a la concubina en el expediente y denuciar la muerte del causante, en este caso deberias haber acreditado el vinculo en el juicio de reajuste.- Ante el deceso del titular, si o si debe presentarse la declaratoria en el expte. de Reajuste para el abono.-
Y en este caso lamentablemente tendras que hacer la sucesion. Ello es asi xq el juicio de reajuste esta terminado y como te dije anteriormente no fue presentada como parte interesada. Insisto: sin la declaratoria no podía ser interesada por el carácter personalísimo de las prestaciones de la Seguridad Social.-Una vez que tengas la declaratoria solicitas un oficio al IAF para que en el caso de existir posibles creditos a favor del causante, sean depositados a la orden de los herederos- La conviviente NO ES HEREDERA, es derechohabiente a los fines previsionales pero no cntemplada por el CC.- Con respecto a lo que vos decis que esta cobrando la pension eso podes tbn presentarlo como prueba para acreditar el vinculo.- Que siga cobrando, no hay nada para probar que no vaya por Declaratoria, que busque herederos y que negocie con ellos.- O que se olvide, deberá tasar su conveniencia... Es solo una orientacion. De eso se trata.- Saludos |
| | | mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Miér Feb 03 2010, 11:50 | |
| - dominique escribió:
- mavesa escribió:
- jus libra: deberias haberla presentado a la concubina en el expediente y denuciar la muerte del causante, en este caso deberias haber acreditado el vinculo en el juicio de reajuste.- Ante el deceso del titular, si o si debe presentarse la declaratoria en el expte. de Reajuste para el abono.-
Si domique tenes razon siempre que el juicio este terminado en etapa de ejecucion, pero en aquellos casos en que el juicio esta tramitando o teniendo sentencia aun no estando firme y ejecutoriada, existiendo en ese momento un conyuge superstite, no es necesario presentar declaratoria, solo debes presentar en el juzgado certificado de defuncion y acreditar el vinculo. Es en el unico caso que habilita continuar el tramite. Si el juicio esta en etapa de liquidacion ahi si debes si o si presentar declaratoria. Ademas todos los bienes y derechos adquiridos en concubinato, se presume (ojo solo preseuncion) su liquidacion como si hubiese una sociedad de hecho
Y en este caso lamentablemente tendras que hacer la sucesion. Ello es asi xq el juicio de reajuste esta terminado y como te dije anteriormente no fue presentada como parte interesada. Insisto: sin la declaratoria no podía ser interesada por el carácter personalísimo de las prestaciones de la Seguridad Social.-Una vez que tengas la declaratoria solicitas un oficio al IAF para que en el caso de existir posibles creditos a favor del causante, sean depositados a la orden de los herederos- La conviviente NO ES HEREDERA, es derechohabiente a los fines previsionales pero no cntemplada por el CC.- No es asi dominique, probando el concubinato la concubina, siempre acreditando la convivencia, y va a quedar a criterio del juez incluirla o no en la declaratoria ya que el concubinato no esta legislado en el codigo civil, mas en los derechos de flia, pero se toma doctrina y jurisprudencia para resolver ciertos casos
Con respecto a lo que vos decis que esta cobrando la pension eso podes tbn presentarlo como prueba para acreditar el vinculo.- Que siga cobrando, no hay nada para probar que no vaya por Declaratoria, que busque herederos y que negocie con ellos.- O que se olvide, deberá tasar su conveniencia... Si hay herederos lo mismo tienen que hacer declaratoria xq el juicio esta terminado para liquidar Es solo una orientacion. De eso se trata.- ????????????????????????? Saludos |
| | | juslibra Meritorio
Mensajes : 90
| Tema: cobro de reajuste de pensionada de fuerzas armadas Miér Feb 03 2010, 18:30 | |
| Gracias por la respuestas, yo no hice el trámite de su pensión, vino por el cobro del reajuste, pues le pidieron que iniciara sucesión para percibirlos. No creo que pueda negociar nada con los herederos, que no saben del reajuste y la relación es mala. Si encuentro algo, se los comento y si uds. tienen algo para agregar, escucho atentamente. |
| | | docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Vie Feb 05 2010, 01:22 | |
| juslibra como te dicen las foristas la concubina al ser pensionada es derechohabiente previsional y no heredera por lo tanto como tal (derechohabiente) puede gestionar el cobro del retroactivo fijate en el precedente de la Corte suprema de justicia Herrasti soledad c/ IMPS de fecha 30/04/1996 hay resoluciones de camara en igual sentido mas actuales, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| | | juslibra Meritorio
Mensajes : 90
| Tema: Re: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas Vie Feb 05 2010, 10:02 | |
| Gracias, ya lo busco y me comunico. |
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| Tema: Re: cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas | |
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| | | | cobro de reajustes de pensionada de fuerzas armadas | |
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