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| Extranjero.... | |
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gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| Tema: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:25 | |
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| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:29 | |
| No sólo en esos apuntes Gladysmi!! Si ponés en el buscador del Foro "extranjero" te salen un montón de posts con ese dato que estás buscando. Es la fecha de arribo al país, no sería lógico de otra manera. Pero tenés que buscar otras cositas. Date una vuelta por el buscador o la Biblioteca. |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:40 | |
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| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:42 | |
| Desde el ingreso hasta el 9/93 podemos comprar moratoria. Y despues lo que podamos. Opcion seria SDM- Hay que ver si alcanza.
besitos |
| | | mandy Gran Usuario
Mensajes : 1472
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:47 | |
| Hola Gladys, es esa la fecha de ingreso?(mas alla de lo que figura en dni) no hay forma de probar ingreso anterior? y por otro lado de que pais es?no tiene aportes en ese pais? bueno com te dice Gloria date una vueltita por el busador - el tema es que esta aca desde hace aprox 25 años |
| | | gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:50 | |
| Mary querida, busque en la biblioteca,pero solo me sale el tema de considerar la fecha de ingreso al pais para calcular, pero no vi,o no se buscar, el procedimiento para armar su sicam, es decir, no las fechas de la sr, sino, donde y porque aplicar sdm por fuera,o no, etc. Gracias Mary igual, sigo insistiendo en la biblioteca, algo debo encontrar |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:53 | |
| - gladysmi escribió:
- Mary querida, busque en la biblioteca,pero solo me sale el tema de considerar la fecha de ingreso al pais para calcular, pero no vi,o no se buscar, el procedimiento para armar su sicam, es decir, no las fechas de la sr, sino, donde y porque aplicar sdm por fuera,o no, etc. Gracias Mary igual, sigo insistiendo en la biblioteca, algo debo encontrar
Si. Esta bueno buscar en la biblioteca. Pero decime puntualmente que mas querias saber. Tal como te explico Mandy tendrias que ver si realmente no tuvo ingreso al pais antes del año 85, porque recien en el 2015 cumpliria con los 30 años de residencia como para completar los aportes. ¿ Cuantos años tenia ? |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:54 | |
| En el post "jubilación para extranjero" de ailen, se dá un caso similar al tuyo. Ocurre que no te alcanzan los años de residencia aquí. Vas a tener que buscar en su país de origen o en otros de residencia si los tuvo algún aporte que te complete. |
| | | gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:55 | |
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| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:56 | |
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| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 21:58 | |
| - gladysmi escribió:
- Ah! ahora si, lo primero que tendria que haber observado, es que si hace 25 años que ingreso, nunca va a tener a la fecha 30 años de servicios en el pais.. Perdón a todas las foristas que les robe el tiempo y su atención, mucho estrés,mucho estrés
No nos robaste nada Gladys. Con gusto te contestamos, ya lo sabes. Pero primero averigua todo eso asi podemos seguir analizando tu caso. besitos |
| | | gladysmi Auxiliar
Mensajes : 185
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 22:03 | |
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| | | mandy Gran Usuario
Mensajes : 1472
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 22:04 | |
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Última edición por mandy el Dom Mar 07 2010, 22:15, editado 1 vez |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: Extranjero.... Dom Mar 07 2010, 22:13 | |
| - gladysmi escribió:
- Ah! ahora si, lo primero que tendria que haber observado, es que si hace 25 años que ingreso, nunca va a tener a la fecha 30 años de servicios en el pais.. Perdón a todas las foristas que les robe el tiempo y su atención, mucho estrés,mucho estrés
Hola Si bien el razonamiento es correcto, este señor nació en 1933, y tiene casi 12 años de exceso de edad, por lo que se puede aplicar el art. 19 y así alcanza y sobra con los 25 años en el país. Los años están, otro tema a considerar es cómo regularizarlos. Saludos |
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| Tema: Re: Extranjero.... | |
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