ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)

Ir abajo 
3 participantes
AutorMensaje
gualpa
Auxiliar
gualpa


Masculino
Mensajes : 191

JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty
MensajeTema: JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)   JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) EmptyLun Abr 05 2010, 09:14

Hola foristas, tengo un caso de un cliente que hacec una semana atras le entregaron el Reconocimiento de Servicios, donde su fecha de cese es a 09/2006. Le reconocen ximadamente 14 años bajo la ley 26494 (60/25) y 5 años por la ley 24241 (65/30). Aplicando la proporcionalidad me da que la edad necesaria para solicitar el beneficio es a los 62 años y 2 meses, pero este hombre cumple los 62 años el 17/06/2010. Mi pregunta es puedo posponer el trámite hasta el 1 de Mayo y presentarlo a partir de esa fecha para que el sistema me tome la edad de 57 años (57/25)
Volver arriba Ir abajo
MARIMO
Moderador



Femenino
Mensajes : 7482

JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty
MensajeTema: Re: JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)   JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) EmptyLun Abr 05 2010, 09:16

gualpa escribió:
Hola foristas, tengo un caso de un cliente que hacec una semana atras le entregaron el Reconocimiento de Servicios, donde su fecha de cese es a 09/2006. Le reconocen ximadamente 14 años bajo la ley 26494 (60/25) y 5 años por la ley 24241 (65/30). Aplicando la proporcionalidad me da que la edad necesaria para solicitar el beneficio es a los 62 años y 2 meses, pero este hombre cumple los 62 años el 17/06/2010. Mi pregunta es puedo posponer el trámite hasta el 1 de Mayo y presentarlo a partir de esa fecha para que el sistema me tome la edad de 57 años (57/25)


hola:

Tranquilamente podes hacer eso y aprovechar que falta tan poco. Los requisitos serian a ese momento de presentacion.

saludos
Volver arriba Ir abajo
gualpa
Auxiliar
gualpa


Masculino
Mensajes : 191

JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty
MensajeTema: JUBILACION LEY 26494   JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) EmptyLun Abr 05 2010, 09:20

Muchisimas Gracias MARIMO, entonces espero hasta Mayo
Volver arriba Ir abajo
MARIMO
Moderador



Femenino
Mensajes : 7482

JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty
MensajeTema: Re: JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)   JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) EmptyLun Abr 05 2010, 09:32

MARIMO escribió:
gualpa escribió:
Hola foristas, tengo un caso de un cliente que hacec una semana atras le entregaron el Reconocimiento de Servicios, donde su fecha de cese es a 09/2006. Le reconocen ximadamente 14 años bajo la ley 26494 (60/25) y 5 años por la ley 24241 (65/30). Aplicando la proporcionalidad me da que la edad necesaria para solicitar el beneficio es a los 62 años y 2 meses, pero este hombre cumple los 62 años el 17/06/2010. Mi pregunta es puedo posponer el trámite hasta el 1 de Mayo y presentarlo a partir de esa fecha para que el sistema me tome la edad de 57 años (57/25)


hola:

Tranquilamente podes hacer eso y aprovechar que falta tan poco. Los requisitos serian a ese momento de presentacion.

saludos

Hace bien el prorrateo. Verificalo con el programa que esta en la biblioteca, Podes usar moratoria tambien.
Volver arriba Ir abajo
Guindu25
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 2935
Empleo /Ocio : Contadora

JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty
MensajeTema: Re: JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)   JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) EmptyLun Abr 05 2010, 14:50

hola:

Tranquilamente podes hacer eso y aprovechar que falta tan poco. Los requisitos serian a ese momento de presentacion.

saludos[/quote]

Hace bien el prorrateo. Verificalo con el programa que esta en la biblioteca, Podes usar moratoria tambien.[/quote]


Coincido con mary
Volver arriba Ir abajo
Contenido patrocinado





JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty
MensajeTema: Re: JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)   JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION) Empty

Volver arriba Ir abajo
 
JUBILACION LEY 26494 (CONSTRUCCION)
Volver arriba 
Página 1 de 1.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Previsional :: Sistema Previsional :: Jubilaciones Ordinarias-
Cambiar a: