hola a todos, les agradeceria si alguien me puede evacuar esta duda. Puede un hombre menor de 55 años, titular de un condominio, inscribirse como autonomo en la categoria aporte voluntario( art.3 inc b.2 Ley 24241) con fecha retroactiva y hacer un plan de pagos por esos períodos adeduados.- Mi duda surge porque el decreto 433/94 establece que la caducidad de la afiliación se produce cuando se aduden 6 mensualidades.- No quisiera que el dia de mañana tenga problemas al momento de solicitar su jubilación.- Desde ya muchas gracias