|
| OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA | |
| | Autor | Mensaje |
---|
ELSA Meritorio
Mensajes : 73
| Tema: OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA Mar Abr 20 2010, 21:19 | |
| Otorgan Actualización de Haberes Jubilatorios por Vía Cautelar Un juez de primera instancia hizo lugar a una serie de medida cautelares solicitadas por jubilados por medio de las que reclamaban el ajuste de sus haberes, dando lugar a tales planeos cuando el demandante cumple con ciertas condiciones, como tener una edad avanzada o estar afectado por una enfermedad o una situación económica que justifique la urgencia.
Las sentencias dictadas por el Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de San Nicolás, a cargo de Martín Alberto Martínez, ordenan a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) incrementar el ingreso mensual en forma inmediata en función de parámetros establecidos por la Corte Suprema, sin que la persona tenga que esperar hasta la finalización del juicio iniciado contra el Estado.
De acuerdo a lo determinado por el mencionado magistrado, para ese momento quedaría pendiente el cobro de los montos retroactivos generados desde el mes en el cual existió el derecho a percibir el aumento, argumentando su decisión en los plazos que insume un proceso judicial así como en la situación de colapso en que se encuentra el fuero previsional.
Estas sentencias continúan el camino adoptado por la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social (votos de Luis René Herrero y Emilio Fernández) quien había hecho lugar a medidas cautelar en causas referidas a situaciones asimilables a la resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Badaro, donde se dispuso que los haberes deberían ajustarse por el período 2002 a 2006 siguiendo la evolución promedio de los salarios activos.
De acuerdo a lo publicado por el diario La Nación, en la causa “Pérez Antonio Eloy”, se establece que "conforme la avanzada edad del actor [76 años], resulta lógico que la cobertura de sus necesidades básicas no puede ser satisfecha con el monto que percibe", añadiendo a ello que lo que se reclama de ningún modo provoca "una desviación de fondos del destino que le es propio ni una perturbación de fondos del Estado".
Si bien la actualización del ingreso por vía cautelar debería hacerse al mes siguiente de la emisión del fallo, a raíz de requerimientos administrativos de la ANSeS, en la práctica dicho trámite se demora.
Independientemente de la decisión que se adopte en segunda instancia sobre las medidas cautelares, el ajuste del haber debería ser abonado.
En relación a ello, el juez Herrero había sostenido que incluso cuando se apelen las medidas cautelares la ANSeS debe cumplir, sumando a ello el juez Martínez que ante la situación de que la sentencia definitiva no favoreciera al jubilado, los montos pagados encima del haber correspondiente, serán descontados de los pagos mensuales. |
| | | Nissan Auxiliar
Mensajes : 115 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA Jue Jun 17 2010, 21:16 | |
| hola!! tendras el nombre de los fallos que citas?? Saludos. |
| | | ELSA Meritorio
Mensajes : 73
| Tema: Re: OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA Jue Jun 24 2010, 11:56 | |
| NO LO PASE SEGUN ME LLEGO. NO SERA EL QUE SITA EL TEXTO??? |
| | | Gona Meritorio
Mensajes : 48
| Tema: Re: OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA Jue Jun 24 2010, 14:42 | |
| Hola, aca va info de cautelares .Salio en diario.es de 12/2009.saludos
Un trascendente pronunciamiento judicial en beneficio de jubilados Una medida cautelar que obliga a la Anses a reajustar y actualizar el haber jubilatorio y a pagar, dentro del plazo de 30 días, los reajustes jubilatorios retroactivos que les adeuda a cada uno de ellos. El Dr. Eduardo P. Jiménez, a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata, acaba de dictar una trascendental sentencia a favor de un grupo de jubilados y pensionadas bajo el régimen de las leyes 18.037 y 24.241, que se verán beneficiados por el dictado de una medida cautelar que obliga a la Anses a reajustar y actualizar el haber jubilatorio y a pagar, dentro del plazo de 30 días, los reajustes jubilatorios retroactivos que les adeuda a cada uno de ellos. Esta decisión cautelar se dictó en diversas causas en las que los mencionados jubilados, patrocinados por el estudio jurídico de los doctores Abal, Letamendía, De Noia y Hernández, reclamaban el reajuste de sus haberes jubilatorios y el pago de los retroactivos devengados correspondientes y en las que la Justicia Federal local ya había dictado sentencia definitiva favorable a los reclamos formulados. Por lo tanto, la medida cautelar decretada por el Dr. Jiménez permitirá anticipar, en no menos de dos años, el cobro de los haberes adeudados por parte de los jubilados amparados, que de otro modo deberían esperar hasta que la Cámara de Seguridad Social de Capital Federal confirme la sentencia de la Justicia Federal local. La finalidad de la decisión del Dr. Jiménez responde a la necesidad de garantizar a los jubilados favorecidos la restitución anticipada y el goce efectivo de los haberes y a la vez brindar una solución ante el masivo e incontrolable aumento del grado de litigiosidad propiciado por la actitud de la Anses de dilatar el pago de sus obligaciones a favor de los jubilados, pese a los reiterados pronunciamientos del máximo tribunal judicial que ha establecido las pautas de liquidación de los haberes jubilatorios, según se explicó. En efecto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado diversas sentencias, en los casos "Sánchez", "Badaro", "Elleiff" entre otros, en las que ordenó a la Anses a reajustar los haberes jubilatorios y a pagar las sumas retroactivas, con la pretensión de acelerar los plazos de cumplimiento de tales deudas que el organismo previsional mantiene con gran parte de los jubilados y pensionadas del país.
|
| | | Contenido patrocinado
| Tema: Re: OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA | |
| |
| | | | OTORGAN ACTUALIZACION HABERES VIA CAUTELAR. PRIMERA INSTANCIA | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| Beneficios para Miembros | Ya tenemos la Nueva Biblioteca, debe estar registrado para acceder a la misma! |
Biblioteca | Si desea acceder a nuestra Biblioteca donde encontrara Leyes, Resoluciones, Circulares, Planillas de Calculo, otras informaciones y utilidades, debera estar previamente registrado, es rapido, sencillo y gratuito, los invitamos a unirse a traves del siguiente link |
|