Yo le aconsejé lo mismo, el tema que plantea mi cliente, que si una persona entra a trabajar a los 50 años, por ejemplo, sin aportes, mi cliente deberia esperarlo hasta los 75 años aproximadamente?? en fin, gracias!!!!
El problema surge porque personal de la empresa que se dedica a los tramites me insiste muy segura de que el art. 19 no estaba más vigente, que ante tanta seguridad de su parte, me quedaba la duda, sds