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 El ocaso del Fondo Compensador (Asignaciones Familiares)

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MensajeTema: El ocaso del Fondo Compensador (Asignaciones Familiares)   El ocaso del Fondo Compensador (Asignaciones Familiares) EmptyVie Jun 11 2010, 22:24

INFORME ESPECIAL | ANSES

A fines de Julio de 2010, habrá una única modalidad en la liquidación y pago de las Asignaciones Familiares de los trabajadores de la actividad privada que se rigen por la Ley Nº 24.714. El mismo se hará a través del sistema liquidador de las Asignaciones Familiares, es decir SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares).

¿Qué Asignaciones Familiares se liquidan bajo este Sistema?

Prenatal
Maternidad
Maternidad Down
Hijo
Hijo con Discapacidad
Ayuda Escolar Anual


¿Quiénes no ingresan a SUAF?

Organismos Públicos
Colegios Privados (personal docente y no docente)* Personal docente de Universidades Privadas

¿Cómo puede incorporarse una empresa a SUAF?

ANSES incorporará mensualmente y en forma automática a las Empresas en SUAF, sin necesidad de que vengan a solicitarlo personalmente.

¿Cómo sabe una Empresa que está incorporada a SUAF?

Consultando en esta página Web, en Empresas Incorporadas a SUAF. Allí, debe ingresar el número de CUIT de la Empresa y el código que le muestra la imagen. Si la Empresa se encuentra incorporada, le indicará el devengado a partir del cual ANSES comenzará a liquidar las Asignaciones Familiares.

¿Cuáles son las obligaciones que tiene el empleador al incorporarse al SUAF?

Transmitir a través del Programa de Simplificación Registral (PSR) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), toda la información relacionada con los datos del trabajador y sus vínculos familiares y mantener actualizadas todas sus novedades y las de su grupo familiar. Lo mismo debe hacer con todo nuevo empleado que ingrese a la empresa. La documentación que respalde la información transmitida debe obrar en el legajo del trabajador, en la empresa, y podrá ser requerida toda vez que ANSES lo considere necesario.
Notificar a todos los trabajadores –tengan o no cargas de familia-, dentro de los diez (10) días hábiles de su incorporación a SUAF, las normas que rigen el Régimen de Asignaciones Familiares, mediante el Formulario PS.2.6. Igual acción deberán realizar cada vez que ingrese un nuevo trabajador a la empresa y el plazo para realizarla será de diez (10) días hábiles desde su ingreso a la empresa. Esta notificación se realiza por duplicado, una copia se entrega al empleado y otra debe obrar en el legajo del trabajador, en la empresa, y podrá ser requerida por ANSES toda vez que lo considere necesario.
Si cuenta con trabajadoras que estén gozando de su Licencia por Maternidad o Maternidad Down o que la inician en el mes de su incorporación a SUAF, deben continuar liquidando o comenzar a liquidar –según corresponda- la Asignación por Maternidad/Maternidad Down y todas las Asignaciones a las que tengan derecho esas trabajadoras hasta la finalización de sus licencias respectivas. Para ello, el empleador debe presentar en cualquier Unidad de Atención de ANSES, dentro del mes de incorporación a SUAF, una nota, con carácter de Declaración Jurada donde informe:

CUIT de la Empresa
Razón Social
CUIL de la Trabajadora
Apellido/s y Nombre/s de la Trabajadora
Tipo de Licencia (Maternidad o Maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora
Períodos y montos ya abonados.
Períodos y montos a abonar (desde es mes de incorporación en adelante).

¿Cuáles son las obligaciones que tiene el trabajador de una empresa incorporada al SUAF?

Notificarse acerca de las normas que rigen el régimen de Asignaciones Familiares a través del Formulario PS.2.61, quedándose con una copia debidamente conformada por ambas partes (empleador y trabajador).
Declararle al empleador todos sus datos y los de su familia, entregándole original y copia de la documentación de respaldo (documentos y Actas/Partidas de Nacimiento/Matrimonio, etc.). El empleador, autenticará las copias, colocará sello fechador de recepción en la documentación recibida y devolverá los originales al trabajador. Esto es fundamental para que el empleador pueda transmitir las novedades de ese trabajador a través del Programa de Simplificación Registral (PSR) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Presentar en tiempo y en forma ante cualquier Unidad de Atención de ANSES (UDAI), los Formularios:
PS.2.3 (frente) (dorso) para la tramitación de la Autorización por Hijo con Discapacidad. Si el discapacitado ya cuenta con Autorización emitida por ANSES y está vigente, no es necesario tramitar una nueva.
PS.2.51 para la tramitación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual. Este Formulario debe presentarse si la Asignación no es liquidada en forma automática por ANSES.
PS.2.53 para renunciar al cobro de las Asignaciones Familiares –por encontrarse el otro progenitor en un régimen más beneficioso- ó para revocar una renuncia ya efectuada.
PS.2.55 para la tramitación de la Asignación Familiar por Prenatal
PS.2.55 para la tramitación de la Asignación Familiar por Maternidad
PS.2.55 para la tramitación de la Asignación Familiar por Maternidad Down

En el Formulario PS.2.61 “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares” se encuentran los plazos en que deben presentarse ante ANSES los Formularios detallados precedentemente. Cualquiera de ellos puede ser presentado por otra persona que no sea el titular, pero en ese caso, debe completarse el Rubro “Representante”.

¿En dónde se le depositarán los montos de las Asignaciones Familiares a los trabajadores de las empresas que se están incorporando actualmente?

En la CBU informada por el Empleador a través del Programa de Simplificación Registral (PSR).
Si el empleador no hubiera informado una CBU se elegirá el Banco más cercano al domicilio que figura declarado en ANSES
Si no hubiera declarado un domicilio en ANSES, se elegirá el Correo.

(Fuente: Boletín electrónico ANSES Empresas -junio 2010)

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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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