|
| Otra de Docentes | |
| | Autor | Mensaje |
---|
cristhina Meritorio
Mensajes : 82
| Tema: Otra de Docentes Jue Jun 17 2010, 16:52 | |
| Ayuda por favor!!! Retire un codigo de direccion de escuelas donde le reconocen a mi cliente 16 años como docente, incluyendo servicios fictos por 7 años, ceso en el año 1987. Caja IPS. Trabajo en esc de Nacion + Autonomo = 6 años, ceso 1999 Despues siguio aportanto caja de profesionales hasta la fecha. Estoy estudiando que es lo mas conveniente y ahi surgen mis dudas. - Puedo completar con la moratoria, pagando de contado lo que falta en anses y solicitar la jubi como docente al IPS a pesar de que no estuvo trabajando estos ultimos 5 años?, (creo que es condicion en el IPS haber estado trabajando los ultimos 5 años) -Si completo con moratoria y presento en anses, quiero suponer que no voy a tener problemas con el hecho de que hay mas aportes en IPS... El anses me reconoce los servicios docentes aportados al IPS ? o me los toma como comunes? Mi intencion es que esta persona tenga la mejor remuneracion posible. Desde ya muchas gracias por las respuestas |
| | | MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: Otra de Docentes Jue Jun 17 2010, 16:55 | |
| hola cristhina, a mí me parece que si el anses detecta que tuvo más años de aporte en ips no te va a tomar la jubilación, porque corresponda que se jubile en la caja donde más años de aporte tuvo, por lo menos así me fue a mí, en la udai donde presento. Esperemos otras opiniones. |
| | | YAMI Gran Usuario
Mensajes : 577 Empleo /Ocio : contadora
| Tema: Re: Otra de Docentes Jue Jun 17 2010, 19:56 | |
| ya me paso,...el anses no me recibio porque tenia mas años de IPS, entonces tuve que hacer moratoria por años faltantes para el IPS. pero recien cuando termine de abonar le van a hacer el reconocimiento de servicios y hay que llevarlo al IPS, es bastante largo el tema |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: Otra de Docentes Jue Jun 17 2010, 22:19 | |
| Retire un codigo de direccion de escuelas donde le reconocen a mi cliente 16 años como docente, incluyendo servicios fictos por 7 años, ceso en el año 1987. Caja IPS. Trabajo en esc de Nacion + Autonomo = 6 años, ceso 1999 Despues siguio aportanto caja de profesionales hasta la fecha. Estoy estudiando que es lo mas conveniente y ahi surgen mis dudas. - Puedo completar con la moratoria, pagando de contado lo que falta en anses y solicitar la jubi como docente al IPS a pesar de que no estuvo trabajando estos ultimos 5 años?, Sí, podés (creo que es condicion en el IPS haber estado trabajando los ultimos 5 años) No para una jubilación -Si completo con moratoria y presento en anses, quiero suponer que no voy a tener problemas con el hecho de que hay mas aportes en IPS... ¿Problema para qué? Para jubilarla por ANSES si vas a tener problemas, salvo que regularices más años de los que corresponde para que ANSES pase a ser Caja Otorgante El anses me reconoce los servicios docentes aportados al IPS ? si o me los toma como comunes? Los toma como docentes
No veo muy claro el planteo de qué es lo que querés hacer.
Creo que tendrías que realizar bien los cálculos para saber cuántos años tenés que regularizar por moratoria para llegar a la jubilación del IPS. Pienso que van a ser menos de 10 por lo que aunque sumes los 6 años de Autónomos va a seguir siendo caja otorgante IPS. Salvo que quieras regularizar de más para jubilarla por ANSES. También tendrías que estudiar el tema con la caja de profesionales porque contabilizando esos aportes a lo mejor no necesitás moratoria.
Saludos
|
| | | cristhina Meritorio
Mensajes : 82
| Tema: Re: Otra de Docentes Sáb Jun 19 2010, 01:40 | |
| No veo muy claro el planteo de qué es lo que querés hacer. Periquita, se que soy muy confusa para explicar las cosas, es por eso que mas de una vez no contesto a otros foristas. Aclaro tanto las cosas que confundo. Perdon!! Entendi tu respuesta. Creo que tendrías que realizar bien los cálculos para saber cuántos años tenés que regularizar por moratoria para llegar a la jubilación del ipsEn realidad tendria que regularizar 4 años mas o menos. Mi duda era porque me habian dicho que no podia jubilarse por IPS toda persona que no haya trabajado en los ultimos 5 años. También tendrías que estudiar el tema con la caja de profesionales porque contabilizando esos aportes a lo mejor no necesitás moratoria.En cuanto a los servicios de profesionales no los puedo usar porque en ese caso tiene que cesar y dar de baja su matricula. Sí puedo sumarle los servicios de otras cajas, pero a mi entender prefiero sacarle una jubilacion como docente y luego cuando cese va a tener la de profesional. En este caso no son imcompatibles. Gracias por sus respuestas |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: Otra de Docentes Sáb Jun 19 2010, 09:36 | |
| Cristhina Quedate tranquila que para jubilarse por el IPS no se necesitan los últimos años sino la mayor cantidad. Está bien el planteo si quiere seguir trabajando como profesional. Suerte |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Otra de Docentes Sáb Jun 19 2010, 20:43 | |
| Es cierto el planteo de Cristhina. Era vox populique debía estar en actividad la persona al momento de solicitar la JO en el IPS. Pero todo esto lo aclaró Peri, con su sapiencia. |
| | | YAMI Gran Usuario
Mensajes : 577 Empleo /Ocio : contadora
| Tema: Re: Otra de Docentes Dom Jun 20 2010, 18:57 | |
| a mi tambien me confundieron,,,una vez pregunte en IPS de San Justo, y me contestaron que tenia que tener los últimos años aportados, se ve que tienen un casett de antigua data, porque despues pude hacer el tramite sin ningun problema... |
| | | nikica Meritorio
Mensajes : 9
| Tema: Re: Otra de Docentes Lun Jun 21 2010, 09:48 | |
| mucho cuidadp con este tema xq' hay q' atenerse a la reciente resolución de la Secretaría de Seguridad Social: R.SSS 16/10 |
| | | Contenido patrocinado
| Tema: Re: Otra de Docentes | |
| |
| | | | Otra de Docentes | |
|
Temas similares | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| Beneficios para Miembros | Ya tenemos la Nueva Biblioteca, debe estar registrado para acceder a la misma! |
Biblioteca | Si desea acceder a nuestra Biblioteca donde encontrara Leyes, Resoluciones, Circulares, Planillas de Calculo, otras informaciones y utilidades, debera estar previamente registrado, es rapido, sencillo y gratuito, los invitamos a unirse a traves del siguiente link |
|