Tengo que iniciar una pension derivada de jubilado.
La Sra. no puede movilizarse mucho así que la quiero hacer ir una sola vez.
Tengo toda la documentación para acreditar el concubinato (informacion sumaria, testigos, etc)
Mi pregunta es si puedo iniciar todo conjuntamente (la acreditación de concubinato y el trámite de pension) con el turno que solicite. O si hay que acreditar primero y una vez que se resuelva pedir la pension via web.
Gracias