De la Resolucion 550/2010
Corresponde percibirlo segun grado de prelacion a los siguientes......
a. Aquellas personas físicas que hayan denunciado el fallecimiento y acrediten haber sufragado la cobertura de sepelio del causante a través de: i) la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio; o ii) la constancia extendida a su nombre donde conste haberlo abonado en forma di-recta o a través de un seguro, emitida por una Empresa o Cooperativas de Energía, Mutual y/o Gremio;
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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-