Griselda, no es nuevo, viene de la epoca de la 980/05
Es una declaracion jurada del titular quien afirma que lo que presenta es todo lo que tiene como pruebas de sus invocaciones y paralelamente habilita a la Admistracion a valuar los periodos invocados como haberes minimos de la epoca, si es que se hallaran indicios registrales internos que merituen acreditarlos. Su firma, inhibe a presentar constancias documentales a futuro o reclamos por servicios mejor valuados.
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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-