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 Puedo aplicar art. 3 ?

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estercita
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Mensajes : 43

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MensajeTema: Puedo aplicar art. 3 ?   Puedo aplicar  art. 3 ? EmptyLun Ago 16 2010, 19:19

Estimados foristas: tengo una jubi para tramitar muy similar a este caso. La sra. nació el 01/05/48, cumplió los 18 años el 01/05/66. Al 09/93 tendría 27 años y 5 meses por moratoria, más 1 año y 2 meses de exceso de edad, suman: 28 años y 7 meses, deberá comprar 1 año y 3 meses, que por lo que lei de lo posteado, estarían bien en la categoría de costurera, ya que no necesitan probarse.
Ahora la pregunta es la siguiente, y disculpen si es una burrada: si la sra. del caso tenía aportes hasta el 2002 ¿no se podía aplicar el beneficio del art. 3 L. 24476, o sea 3 años? De ser así, ¿podré aplicarlos en el caso de esta sra.?
Gracias desde ya.
Estercita
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Gaturro
Moderador
Gaturro


Masculino
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MensajeTema: Re: Puedo aplicar art. 3 ?   Puedo aplicar  art. 3 ? EmptyLun Ago 16 2010, 19:40

Estercita:
Regla de oro de lo previsional, todos los casos no son iguales, si te referis al caso de Petisa ya esta concluido. El tuyo es distinto, vas a tener que compra SDM y te va a correr el cese segun los periodos que elijas, obvio te achica beneficios.

_________________
Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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