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| DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM | |
| | Autor | Mensaje |
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la doqui Auxiliar
Mensajes : 141
| Tema: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 12:01 | |
| Foristas, se me hizo un lío en la cabeza y me surgió una duda. Y estoy tan cinfundida que leo y leo, y no termino de encuadrar mi caso. Les cuento: Liquidación hecha el 14/06 Envío Plan 30/07 Pago 1° cuota 13/08 Turno 20/08 Esta todo bien? O voy a tener inconvenientes el viernes xq la liquidación es del 14/06??? Gracias x las aclaraciones |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 12:05 | |
| Lo raro es que hayas hecho una liquidacion el mes de junio y la hayas podido enviar el 30/7.
¿ El sistema no te pidió volver a calcular el dia 30/7 ? |
| | | Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 12:09 | |
| Coinido con Mary, las liquidaciones se envían en el mismo mes en q se calculan no?. Besos. |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 12:10 | |
| Contá desde que la enviaste hasta el dia que sacaste el turno.
Si en ese período no pasaron 45 días hábiles, el retroactivo va desde el dia que enviaste, siempre que haya tenido la edad requerida. |
| | | LILIPA Meritorio
Mensajes : 34
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 12:18 | |
| Según mi interpretación se debe tomar los 45 días hábiles desde la fecha que realizaste el Sicam, en tu caso el 20/08/2010 sería el día 45. Se puede realizar un Sicam y enviar en otro mes, el sistema pide que recalcule la parte de la moratoria (calcular deuda) pero no se modifica la fecha del Sicam. Saludos Lilian |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 12:27 | |
| - LILIPA escribió:
- Según mi interpretación se debe tomar los 45 días hábiles desde la fecha que realizaste el Sicam, en tu caso el 20/08/2010 sería el día 45.
Se puede realizar un Sicam y enviar en otro mes, el sistema pide que recalcule la parte de la moratoria (calcular deuda) pero no se modifica la fecha del Sicam. Saludos Lilian A ver... tal vez estoy interpretando mal.... Res. 1014/2005
D. Fecha inicial de pago:
La Resolución Conjunta N° 1616 AFIP y 1415 ANSES Punto IV - Liquidación de Deuda, establece que la solicitud del beneficio previsional, cuando corresponda, deberá interponerse ante esta Administración Nacional dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles administrativos, contados desde la fecha de solicitud de la liquidación a través de Internet, si no existe deuda a cancelar. En caso de existir deuda, los cuarenta y cinco (45) días hábiles administrativos se contarán desde la fecha de pago de la misma en los plazos que fija el SICAM, o en su caso, desde la opción por las moratorias de las leyes 25.865 o 25.994 (art. 6°) o la que en el futuro se establezca, dentro de los mismos plazos acordados por el SICAM. En consecuencia, si la solicitud se presentara dentro de los plazos señalados, la fecha inicial de pago será la de la solicitud de deuda a través de Internet si se hubieran reunido a dicho momento los restantes requisitos de ley para acceder a las prestaciones previsionales. |
| | | la doqui Auxiliar
Mensajes : 141
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 13:03 | |
| El sisitema no me pidió recalcular. Cuando imprimí todo, dice fecha liquidación 14 de junio. Por eso la duda..... Gracias! |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM Miér Ago 18 2010, 13:10 | |
| - la doqui escribió:
- El sisitema no me pidió recalcular. Cuando imprimí todo, dice fecha liquidación 14 de junio. Por eso la duda.....
Gracias! De cualquier manera tendrias asegurado el retroactivo porque tu turno cae dentro de la fecha. Te agradecería nos cuentes despues con que fecha te tomaron, porque es un tema que ocasiona dudas... |
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| Tema: Re: DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM | |
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| | | | DUDA CON LOS 45 DIAS DEL SICAM | |
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