Hola amigos foristas, he estado leyendo la 555, y en lo referido a las pensiones ley 18038(folio20) no habla de que para tener derecho a la pension deba tener pago el ultimo año antes del fallecimiento, eso se habra modificado?, tengo un caso que tiene 12 años aportados desde 1955 hasta 1967, fallecio 08/10/1992, pero no tiene el dinero para pagar el ultimo año, que se puede hacer? Gracias si alguien me puede contestar.Mirtha