Una vez que hayas leido lo que te dice Marimo, fijate la Ley 25668 la que en Diciembre 2002 cancela la prerrogativa Biblioteca (Infoleg)
ARTICULO 1° — Deróganse las Leyes 22.731, 24.018 y 21.540.
ARTICULO 2° — El personal comprendido en las leyes derogadas por el artículo 1° que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley tuviere reunidos la totalidad de los requisitos que aquéllas establecen, mantendrá el derecho a los beneficios que las mismas otorgan, el cual podrá ejercer en cualquier momento, a partir de la fecha de cese en sus funciones o cargos.
Quedan taxativamente excluidos de este derecho el presidente y vicepresidente de la Nación, los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, procurador general de la Nación, procurador general del Tesoro, los senadores y diputados nacionales, ministros y secretarios de Estado, subsecretarios, los secretarios y prosecretarios nombrados a pluralidad de votos por las Cámaras de Senadores y Diputados de la Nación, el jefe de Gobierno, los legisladores, secretarios y subsecretarios de los poderes Ejecutivo y Legislativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.