a ver si alguien me puede orientar en este tema?es una señora con inscrp.en autónomos cod.897 desde 10/1993 hasta 02/2007, tiene pagos los primeros meses y nada más,baja de oficio en 02/2007.ahora quiere jubilarse porque cumple recién los 60,¿le aplico cese ficto como siempre?y ¿puedo comprarle SDM en esos períodos?estoy un poco confundida después de las últimas disposiciones como la 555.es la primera vez que consulto y espero ansiosamente alguna ayudita.gracias a todos.-