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| Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario | |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario Jue Nov 18 2010, 22:20 | |
| Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario 18/11/10 - 15:46 Fuente: Clarin Digital Lo resolvió la Cámara de la Seguridad Social. El texto señala que se debe garantizar ese porcentaje mínimo calculado sobre el promedio de los salarios actualizados de los últimos diez años de aportes. Así, se busca dar “adecuada proporción” a los haber
“Es un fallo que abre una nueva jurisprudencia previsional en Argentina”, por Ismael Bermúdez La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social dispuso que el haber jubilatorio debe garantizar como mínimo el 70% del promedio de los salarios actualizados aportados en los últimos 10 de actividad.
En un fallo por mayoría, los jueces Néstor Fasciolo y Juan Poclava Lafuente fijaron un piso mínimo en la tasa de sustitución garantizada, al entender que “la adecuada proporción del haber de pasividad en relación con los ingresos ganados por el trabajador en actividad y sobre los que debió aportar, no es más que una derivación directa e inmediata del mandato contenido en el artículo 14 bis -tercer párrafo- de la Constitutción Nacional que impone al Estado otorgar los beneficios de la seguridad social con carácter integral e irrenunciable, a la vez que asegura el derecho a ‘jubilaciones y pensiones móviles’”.
“La jubilación constituye una consecuencia de la remuneración que percibía el beneficiario como contraprestación de su actividad laboral, una vez cesada ésta y como débito de la comunidad por dicho servicio, razón por la cual el principio básico que se privilegia es el de la necesaria proporcionalidad entre el haber de pasividad y el de actividad”, agregaron los camaristas
Asimismo, los jueces se refirieron al vacío legislativo sobre la tasa de sustitución mínima garantizada y sobre el sistema jubilatorio en general: “El régimen jubilatorio debería ser el resultado de adecuadas y multidisciplinarias ponderaciones previas a su adopción, con la más amplia participación y consenso de todos los sectores interesados para hacerla sustentable en el tiempo…”.
El juez Martín Laclau votó en disidencia al aceptar el reajuste establecido por la Corte Suprema en los fallos “Eliff” y “Badaro”, pero sin referirse al la tasa de sustitución mínima garantizada.
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| | | paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario Vie Nov 19 2010, 08:27 | |
| Gracias por tu aporte Gaturro!!!... mas allá que ahora hay q connseguir el fallo para analizarlo detenidamente, es una buena para los jubilados... Esperemos que no sea como Capa, que ilusionó a la gente y terminó siendo poco practico... besis |
| | | paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario Vie Nov 19 2010, 08:43 | |
| Acá va el fallo...
Ref. Cámara Federal de la Seguridad Social. Sala III. Causa: 132.851/10. Autos: BETANCUR JOSE C/ ANSES S/REAJUSTES VARIOS. Cuestión: haber jubilatorio elevado al 70% base remuneratoria de actualizada. Fecha: 19-OCT-2010.
Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario USO OFICIAL
SE HA INCORPORADO EL MATERIAL A LA BIBLIOTECA
UBICACION FALLOS
¡¡¡ MUY AGRADECIDOS POR EL APORTE ¡¡¡¡ |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario Vie Nov 19 2010, 17:39 | |
| - paulae escribió:
- Gracias por tu aporte Gaturro!!!... mas allá que ahora hay q connseguir el fallo para analizarlo detenidamente, es una buena para los jubilados... Esperemos que no sea como Capa, que ilusionó a la gente y terminó siendo poco practico... besis
Es un buen fallo y un mal fallo a la vez, quiza sea bueno para el tema en analisis pero es un mal fallo si se generaliza.- Como todo fallo, es aplicable a ese caso y no es vinculante con otras decisiones.- No es fallo de la Corte que es de seguimiento casi obligatorio.- El desarrollo laboral por lo general se da en una curva ascendente al impulso de la capacitacion o la destreza del trabajador y llega a una cima en una edad mediana distante de la jubilacion. Luego de la cumbre la curva recibe otros impulsos en depresion y achatamiento, los motivos: edad, desgaste, sustitucion por un trabajador mas joven y con menor remuneracion, antiguedad, largas vacaciones, conflictos latentes, no adecuacion a metodos modernos, etc etc. Esto hace que el trabajador pueda ser impulsado a un distracto. Enfrenta el mercado laboral que pone como obstaculo un maximo de edad ya superada o cercana, son pocas las Empresas que valoran la experiencia, los gerentes son cada vez mas jovenes y con menor sueldo que el veterano.- Asi es que si el trabajador logra la reinsercion ya la tendencia de la curva es declinante. Asi tambien es que harto del sistema RD opta la propia cuenta y se convierte en un autonomo, o un monotributista quiza exitoso pero que cotiza poco a la seguridad social, si lo miramos en los ultimos 10 años los que estamos en esto podemos adivinar que su haber previsional sera pobre y el 70 % de los ultimos 10, sera pauperrimo.- Entonces convendria en este caso la 24241.- En otros casos el Fallo.- |
| | | markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario Lun Nov 22 2010, 02:20 | |
| No se porque pero hay algo que no me cierra en este antecedente.
Lo he leido algunas veces prestando debida antencion a lo que dice nuestro amigo Fasciolo, pero no me cierra.
Estoy hace un par de dias controlando liquidaciones y la verdad algunas luego de actualizar todas las remuneraciones al cese, actualizandolas a la fecha de adquisicion de beneficio me da mas del 70%, bueno, en la mayoria, hay otras que dan mucho menos y todavia no le encuentro la medida.
Lo que me llama la atencion es la propuesta de la actora de subir la PC a un 3%.
Lo que mas me asombra y nunca en una sentencia, al menos las mias que la Sala en el RESUELVE determine un monto numerico, nunca vi a camaristas en sentencias, manifestar el monto de la liquidacion, no se, esto es nuevo para mi y algo seguro me estoy perdiendo.
Sigo con liquidacion a ver que se puede mejorar.
saludos |
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| Tema: Re: Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario | |
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| | | | Un fallo dispone que el monto jubilatorio no debe ser inferior al 70% del salario | |
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