Hola cusmi, muy bueno tu post.
Te comento, lo unico que no concuerdo con lo que dice el empleado que te manifesto situaciones anomalas, es la situacion de un escrito que sea LARGO, eso implica la falta de ganas de analizar una situacion.
Tengamos presente que el art. 30 de la ley 19549 (modificado por el art. 12 ley 25344) establece entre otras cosas: "...El reclamo versará sobre los mismos hechos y derechos que se invocarán en la eventual demanda judicial y será resuelto por las autoridades citadas..."
Con ello la llamada "ley administrativa" nos dice que lo que pidamos en el reclamo debe coincidir con lo que dijamos en la demanda judicial.
El unico que debe velar por esto es el juez. Es cierto que yo mismo he visto reclamos hasta de una sola hoja, es mas en la epoca del auge del BADARO el mismo anses tenia un formulario para realizar el reclamo.
Aqui es el juez que debe valorar si nosotros cumplimos o no con lo que reza la ley aunque de hecho no lo hace. Por eso siempre digo, el dia que un juez lea todos los reclamos que presentan los abogados, debe desechar el 75% de las demandas.
Ademas el anses no opone estas excepciones, las unicas excepciones que interpone es de inhabilidad por el tiempo y una sola vez me hablaron del tema que estamos tratando.
Respecto a los modelos, creo que los colegas no van a estar dias, semanas o meses armando excelentes exposiciones doctrinales en reclamos adminisrtativos para luego colgarla y que todos salgan a copiarle y solucionar sus problemas de un dia para el otro.
Cada uno que tome un reajuste debe entender que LOS COPYPAST no son buenos consejeros y aunque la legislacion y jurisprudencia quizas sea iguales, el fondo y los hechos no coincide en ningun reajuste, por suerte mis demandas y reclamos son todos diferentes, pido lo mismo que todos pero el planteo se dirije en base a la fecha de adquisicion del beneficio, cuales son los años de remuneraciones, si son antes o despues del 94, si son antes o despues del 91, si obtuvo el beneficio antes o despues dle 2002, o 2006, si es jubilado por la 26417, etc. etc. etc.
El fundamento es igual para todos pero el planteo difiere en maximo segun los datos que manifiesto.
Lo unico que me llamo la atencion es como un empleado del anses se excusa en entender una cuestion porque el reclamo es LARGO o, porque ellos NO SON ABOGADOS. Mejor seria que lea la ley administrativa o que el informen a este EMPLEADO que entre todo el trabajo que tiene que hacer, tambien incluye RECLAMOS ADMINISTRATIVOS CONTRA EL ORGANISMO, o quizas cuando empezo a trabajar le dijeron que solo debia encargarse de sacar fotocopia y eso era todo lo que hacia.
Por ultimo y yendo a tu tema especifico, en todos mis casos, cuando tengo que presentar una reclamo, lo primero que hago es LA DEMANDA, completa con todos sus fundamentos. Luego a esa demanda le QUITO todo lo juridico, EL SEÑOR JUEZ LO CAMBIO POR SR. DIRECTOR DEL ANSES. LE QUITO LA PARTE DE LA PRUEBA, LE QUITO EL PETITORIO Y LO CAMBIO POR SOLICITO SE REAJUSTE, SACO EL PROVEA DE CONFORMIDAD Y LO SUSTITUYO POR SALUDO A UD ATTE, y QUITO MUCHAS COSAS MAS QUE NO TIENEN RELACION CON LO ADMINISTRATIVO....y que me queda?, Me queda El reclamo, con los mismos fundamentos de la demanda en cumplimiento del art. 30 que informe mas arriba,
AHORA SI LOS EMPLEADOS DEL ANSES LO RECHAZAN PORQUE ES LARGO, no es un tema nuestro, seria mejor que dejen el puesto a una persona que tiene ganas de trabajar y no ocupar un sitio con un sueldo mas que interesante.
Saludos