Estimados panelistas, me gustaria que me orientaran en los pasos a seguir en el caso de una pension atribuida hace mas de 28 anios y cuya beneficiaria se encuentra en el exterior fortuitamente, enfermo alli gravemente y se ve imposibilitada en cobrar su pension, se realizo ya el certificado de supervivencia firmado por autoridad consular y se completo el formulario carta poder, ps64, donde los datos y la firma de la beneficiaria fueron corroborados por la misma autoridad consular, mi consulta es la siguiente: la persona designada por la pensionada en cuestion no ha firmado debido a que esta reside en Argentina, una vez recibidos los papeles debe presentarse ante el anses con el ultimo recibo de cobro de la beneficiaria, asi como con el documento de la misma, mi duda es saber quien puede dar fé de su firma o certificarla.
Desde ya, mucha gracias por la/s respuesta/s
Cordialmente.
Vronca