Hola forista.
Queria consultar si alguien sabe si para calcular haber inicial (y tambien reajuste por movilidad) de un señor que se jubiló en 1988 por lo que era la Caja Nacional de Prevision para el personal del Estado y servicios publicos, tomo los mismos parametros de la ley 18.038 o hay alguna ley especial?
gracias
Viviana