En ppio. quiero desearles a todos los integrantes de éste magnífico Foro ¡¡¡ Un muy Feliz Año 2011!! y nuevamente nos encuentre unidos para el trabajo venidero, y acá va éste brindis con todos uds.
Antes de enviar el Sicam necesito que me dén el OK en la correcta aplicación de benedicios ( 14236-25321), según su buen saber y entender
Señor con inscripción en autónomo 03/1982 (coincide el Padrón de Anses con Puc de Afip)
Según PUC:
Período Prescripto: 03/1982 - 11/2000
Periodo NO Prescripto: 12/2000 - 02/2007
Sicam I
3/1982-02/2007
Beneficios
En períodos impagos que oscilan entre el:
04/1984-03/1985 art. 3 ley 24476 (cese 2007 1 año X DDJJ)
10/1996 al 11/2000 ley 14236
12/2000 al 02/2007 art. 1º ley 25321
Para completar los años de servicios hice una ampliada en Sicam II, pero la consulta es fundamentalmente en la invocación de la ley 14236 y la 25321, que ahora, en mi caso al menos luego de la 555, saber utilizar la 14236.
Gracias!
Nan.