Colegas ¿se puede aplicar la ley 25321 en el caso de autonomos, a un periodo posterior a 09/1993 y que tenia parte del capital pago?
El caso particular es que habia pagado en 02/1995 parte del capital, osea tenia parte de capital impago, y obviamente intereses impagos, ¿le puedo aplicar la ley 25321 a ese periodo que les comento?¿o existe alguna circular que me lo impida?