maxim se encuentra previsto expresamente en la resolución 33/05, fijate que está en la biblioteca: Fecha Inicial de Pago:
"La fecha inicial de pago del Suplemento “Régimen Especial para Docentes” será la de su petición expresa, formulada a partir de la vigencia del mismo (01/05/2005) y con posterioridad al cese en la actividad o la del mes en que se incorpora en curso de pago el beneficio, si el cese se produjera por acogimiento a las disposiciones del Decreto No 8820/62 o norma provincial de contenido similar."
saludos
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Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.