cesar_golemba Meritorio
Mensajes : 54
| Tema: PAGO CUOTA SICAM F.799/E Miér Ene 26 2011, 11:30 | |
| Benos dias colegas, como estan, le consulto, tengo un cliente que es la cuarta ves que se va a presentar en el Anses para iniciar su Jubilacion, las 3 veces anteriores le han rechazado el Sicam y siempre ha efectuado el pago de la 1º cuota con el f.799/E; en esta nueva oportunidad (la 4º) mi cliente no posee el dinero para abonar nuevamente la primer cuota de este nuevo Sicam, la inquietud que tengo es la siguiente:
"Puedo aludir alguna jurisprudencia o alguna Ley para que le reciban el expediente sin el pago de esta nueva liquidacion de Sicam? teniendo en cuenta que tiene los 3 pagos anteriores en mano."
Aguardo respuestas Saludos Coordiales |
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Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: PAGO CUOTA SICAM F.799/E Miér Ene 26 2011, 11:46 | |
| Buenos días, va a tener que pagar nuevamente la primer cuota, las otras tres quedan a cuenta. No existe ni Ley ni Jurisprudencia que exima el pago. |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: PAGO CUOTA SICAM F.799/E Miér Ene 26 2011, 14:17 | |
| Hola César Coincido con Anya. ¿Te aseguraste que el 4º SICAM esté bien hecho para que no le rechacen nuevamente el trámite? Suerte |
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cesar_golemba Meritorio
Mensajes : 54
| Tema: Re: PAGO CUOTA SICAM F.799/E Jue Ene 27 2011, 09:13 | |
| Hola Anya, hola Periquita, si esta bien hecho, lo que pasa es que me rechazaron por el motivo de que no me tomaron el cese de actividades en el ´99 ya que tenia un pago en el 2005 el cual lo renuncie por la 25321 art 1 y el Anses no me lo considero poe que dice que desde octubre del 2010 ya no se aplica a los periodos pagados, esto lo consulte en otro post y me lo respondieron con diferentes criterios. SAludos a todos |
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docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: PAGO CUOTA SICAM F.799/E Jue Ene 27 2011, 12:04 | |
| cesar, no hay normativa ni jurisprudencia que te exima del pago lamentablemente, lo que tendrías que aclarar para ver si está bien denegado es si ese pago aislado es de autónomo o monotributo, ya que el criterio no es el mismo, si es autónomo no hay problemas ya que la circular 49/10 posterior a la res. 555 lo permite, si es monotributo no es posible ya que el tratamiento por parte de anses no es el mismo por considerar que no es el caso contemplado en la circular y por ende hay que respetar la fecha de cese, por lo menos fue mi experiencia y en la udai me dieron esos fundamentos, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| Tema: Re: PAGO CUOTA SICAM F.799/E | |
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