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 Pension Ley 18.038

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NOELINA
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juan
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juan
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Empleo /Ocio : ASESOR IMPOSITIVO

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MensajeTema: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyLun Jun 20 2011, 20:43

Hola a todos. Tengo una pension de un señor que trabajo en YPF por 25 años y luego con autonomos sumo 2 años 11 meses. Totalizando 27 años 11 meses. Pero el mes de fallecimiento esta impago y es 04/1991. Pregunto a los que mas saben que se puede hacer, ya que este periodo es impagable para la viuda ya que es muy humilde.
Muchas Gracias
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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyLun Jun 20 2011, 22:08

Aplica decreto 526/95
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NOELINA
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NOELINA


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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyMar Jun 21 2011, 09:10

NO, ESE DCTO. NO TIENE Q VER CON LA LEY VIEJA. CREO Q NO TENES SOLUCION SI NO PROBAS EL FALLECIMIENTO EN LOS 5 AÑOS POSTERIORES AL CESE. LEE LA 18037, PQ ES RRDD. NO DECIS Q TIENE INSCRIPCION,
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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyMar Jun 21 2011, 23:54

perdon tiene razon noelia no habia leido que era el mes de fallecimiento pero:
ley 18038
ARTICULO 30.- Para tener derecho a los beneficios que acuerda esta, es condición que al momento de solicitarse la prestación se encuentren totalmente ingresados los aportes que correspondan de acuerdo a las disposiciones de la ley 14.397, del decreto-ley 7.825/63 y de la presente ley; si el afiliado se hallare sujeto a algún plan de regularización de la deuda por aportes, es condición hallarse al día en su cumplimiento. En caso de pensión y siempre que la deuda no excediera de veinticuatro mensualidades, se dará curso a la solicitud formulándose a los causahabientes cargo por dicha deuda, en las condiciones del inciso d) del artículo 32. Para obtener reconocimiento de servicios a efectos de hacerlos valer en otro régimen, deberá cumplirse la exigencia contenida en la primera parte del párrafo anterior y cancelarse en su totalidad la deuda por aportes sujeta a algún plan de regularización. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente y del derecho de la Caja a exigir el pago de la deuda, a todos los efectos de la presentes se excluirán del cómputo los períodos de aportes impagos, cuando éstos alcanzaren a veinticuatro mensualidades consecutivas.

no se aplica de la misma forma?
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renata
Colaboradores



Mensajes : 777

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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyMiér Jun 22 2011, 00:19

Para mi, tiene que pagar el mes del fallecimiento y listo.
Decis que tiene pagos por 2 años, cumplido entonces el requisito del año pago.
Solo el ultimo mes
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Maria Antonia
Meritorio



Mensajes : 61

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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyMiér Jun 22 2011, 10:26

Coincido con Renata, pagando el último mes y Carss o el último año y se resuelve en Udai nomás.
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MARIMO
Moderador



Femenino
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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyMiér Jun 22 2011, 10:48

Ultimo año fuera de moratoria es carísimo.


Última edición por MARIMO el Jue Jun 23 2011, 19:51, editado 1 vez
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veroeliza
Meritorio



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Empleo /Ocio : Abogada

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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 EmptyJue Jun 23 2011, 19:50

Estoy tratando de ingresar una pension por la 18038, y coincido con ustedes: pagar mes de fallecimiento con sus intereses. Se prescribe el resto con deuda.
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MensajeTema: Re: Pension Ley 18.038   Pension Ley 18.038 Empty

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