Pregunta: para prescribir años en el sicam 2007 al 2012 que le figura deuda a mi cliente, esta bien que utilize la ley 25321 art 1 ?, si está excedido en 8 meses desde que cumplió los 65 años, en que lugar del sicam hago valer este exedente, o lo calcula solo el sistema? gracias a todos
Juli
REGLAS DEL FORO Y DE ESCRITURA
2.- El forista mínimamente debe tener una base a la hora de consultar, tenemos material en la Biblioteca para los recién iniciados. No abuse de la solidaridad de los participantes.-
4.- Antes de realizar alguna consulta, revisar con la opción “Buscar”. Puede que alguien haya respondido antes esa duda.