Hola Gente! Les consulto porque hace ya más de un año y medio que no trabajo más expedientes con SDM por las complicaciones que pone el anses para resolverlos en forma favorable. Estuve actualizandome sobre las últimas novedades y quería preguntarles si había llegado a la conclución correcta.
Sra que quiere solicitar RTI con SDM temporáneo de más de 16 HS desde el 2008 al 2011.
La tomo como irregular con derecho (1 año dentro de los últimos 5) y llego a completar los 15 años con Relacion de dependencia (no necesita ingresar en moratoria).
Mi duda llega al tener que completar los formularios de SDM donde tengo que declarar la cantidad de días y horas trabajadas.
Yo puse que trabajó 3 veces por semana - 6 Hs por día. Es correcto?.
Me pareció bien ya que la encuadro dentro de la CLASE II de la circular 30/10 y al no quedar encuadrada dentro del Decreto 326 no necesito presentar todas las pruebas requeridas por el Decreto.
Es correcta mi interpretación. Desde ya agradezco su opinion.