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 OBLIGACIONES AUTONOMOS A PARTIR DE ABRIL

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Gaturro
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MensajeTema: OBLIGACIONES AUTONOMOS A PARTIR DE ABRIL   OBLIGACIONES AUTONOMOS A PARTIR DE ABRIL EmptySáb Abr 04 2009, 15:54

A partir del 1 de Abril de 2009 se modifican los aportes mensuales de los trabajadores autónomos. La modificación responde a la ley de movilidad jubilatoria.
Régimen General:
Grupos de Actividades
Categorías
Importe Mensual

Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.
V
629,04

IV
457,48

III
285,93
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios
II
179,20

I
142,96

Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores
II
200,14

I
142,96

Afiliaciones voluntarias
I
142,96

Menores de 18 hasta 21 años
I
142,96

Jubilados por la Ley 24.241
I
120,62

Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828
I
49,14

Actividades Penosas o Riesgosas:
Categorías
Importe mensual

I´ (I Prima)
$ 156,37

II´ (II Prima)
$ 218,90

III´ (III Prima)
$ 312,73

IV´ (IV Prima)
$ 500,37

V´ (V Prima)
$ 688,01

_________________
Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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