Queridos foristas, me ha llegado el caso de un señor que se retiro por invalidez con NACION AFJP con alta 09/2007.
Segun la liquidacion de NACION, el haber de alta se compone de $298,23 (pres. mensual RPP) + $255,29 (pres. alta AFJP, que son 3,1954 cuotas de $79,8949.-) A su vez, en la resolucion fija el ingreso base en cuotas 8,8761 y abona los capitales remitidos por ANSES correspondientes a la parte proporcional del RPP.
Hoy en dia esta cobrando el haber minimo por medio de ANSES, pero al haber trabajado en SOMISA hasta su retiro, deberia estar cobrando mucho mas...
Aqui adjunto el codigo de haberes:
HABERES
CONCEPTO EMPRESA DESCRIPCIÓN
001 004 RETIRO TRANSITORIO POR INVALIDEZ
003 903 RTI ART. 95 INC. 1 Y 2
060 000 ASIGNACION FAMILIAR POR CONYUGE
088 000 COMPLEMENTO AL MINIMO DECRETO 525/95
Y la pregunta concreta seria si ven viable un reclamo de reajuste de haberes y si existe jurisprudencia que me pueda servir para este caso. Muchisimas gracias