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 Aporte autonomo ama de casa es viable?

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MARIAALEX
marianamendez06
lujan
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lujan
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MensajeTema: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyMiér Mar 15 2017, 14:13

Hola gente estoy tratando de completar un año a una señora que le falta para la moratoria y me comentaron aporte autonomo ama de casa? la verdad ni idea, yo pensaba en autonomo comun, porque esta señora no quiere perder su obra social por eso no quiere monotributo, gracias
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marianamendez06
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyVie Mar 17 2017, 13:19

Buenos días si es viable
SALUDOS
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MARIAALEX
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Femenino
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyVie Mar 17 2017, 16:06

Interesante... Se está usando ese aporte? , ya que no siempre se puede autónomo voluntario, y monotributo conlleva todo el tema de ingr. brutos.
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Dra. D
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyMiér Mar 22 2017, 11:41

Al respecto encontré esta circular:

Circular 43/16 – ANSeS (DP)
Computabilidad de aportes autónomos realizados bajo el régimen especial de amas de casa. Ley 24.828. Pautas provisorias

Buenos Aires, 31 de agosto de 2016
La Ley Nº 24.828 habilitaba a las amas de casa a optar por el Régimen Especial instituido como afiliadas voluntarias al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones con un aporte diferencial del 11% calculado sobre la renta imponible mensual correspondiente a la categoría más baja fijada por las normas reglamentarias.
Este 11% del aporte era destinado exclusivamente al ex -Régimen de Capitalización, y le permitía acceder a la afiliada a las prestaciones enumeradas en el art. 46 de la Ley Nº 24.241 financiadas con el saldo acumulado en su cuenta individual de capitalización administrado por la ex - A.F.J.P. elegida por la afiliada, no resultando de aplicación lo prescripto por el artículo 30 de la ley antes mencionada. En ningún caso podrían acceder las prestaciones del Régimen Previsional Público, salvo que con relación a las mismas cumplieran independientemente todos los requisitos exigidos por la ley.
Teniendo en cuenta que el régimen de capitalización fue suprimido mediante la Ley Nº 26.425, si bien la Ley Nº 24.828 no fue expresamente derogada, la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta ANSES se expidió mediante Dictamen Nº 45882, entendiendo que el régimen de jubilaciones de amas de casa regulado por la Ley Nº 24.828, debía tenerse por caducado de pleno derecho pero que correspondía dar intervención a la Secretaría de la Seguridad Social para que opine al respecto.
Por otra parte, AFIP en su Resolución Nº 2585 del 06/04/2009, entiende que la Ley Nº 24.828 no ha sido expresamente derogada por la Ley Nº 26.425, por lo cual continuó admitiendo el ingreso de los pagos por dicho régimen en la categoría destinada a tal fin.
Ante esta controversia y atento la necesidad de dar una solución a las afiliadas que hubieren realizado sus aportes bajo este régimen, la Secretaría de Seguridad Social, mediante Dictamen Técnico Legal Nº 094 del 11/02/2015, comparte el criterio sustentado por ANSES y estima que habiendo, este universo de aportantes, realizado el pago de cotizaciones en forma legítima, toda vez que por Resolución General Nº 3534/13 se encuentra vigente el aplicativo a efectos de resguardar el derecho de los aportantes, corresponde reconocer dichos pagos como tiempo de servicios con aportes a la categoría mínima, a los efectos de su cómputo para acceder a las prestaciones del SIPA.
Cabe tener en cuenta, sin embargo, que si bien la Secretaría de Seguridad Social se expidió respecto al cómputo de los aportes realizados por este universo de afiliadas, en su dictamen técnico dejó aclarado que convocará tanto a esta ANSES como a la AFIP para resolver la situación a futuro.
Por lo expuesto se describen a continuación las pautas provisorias a tener en cuenta para el cómputo de los períodos aportados a este régimen.
- Acreditación de los servicios:
A los efectos de acreditación de los servicios aportados al régimen especial establecido en la Ley Nº 24.828 se aplicarán las pautas que corresponden a los servicios autónomos Prev-19-05 ”PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS - RESOLUCIÓN D.E.-N Nº 555/2010” y sus complementarias, debiendo encontrarse incluidos en el SICAM registrados con la actividad y categoría correspondiente.
En SICAM se ve reflejado de la siguiente manera:
Hasta 02/2007: Amas de Casa Ley 24.828 - Actividad 960
A partir 03/2007: Amas de Casa (Ley 24.828) - Actividad 210
- Cómputo de las tareas:
Los períodos acreditados podrán ser considerados como tiempo de servicios con aportes a los efectos de alcanzar el requisito de la PBU, no pudiendo ser computados para el cálculo de la PAP.
También podrán ser considerados para la acreditación de regularidad para acceder a las prestaciones de RTI o Pensión por Fallecimiento, debiendo aplicar las mismas pautas que para el resto de los servicios autónomos.
Solo se considerarán como servicios Ley Nº 24.828 los efectivamente aportados, no procediendo la regularización de los mismos por Moratoria.
- Carga en SICA
Los periodos se cargarán en SICA bajo el código 142 - Ama de casa Ley 24828 - y la categoría a consignar será V - Amas de casa Ley 24828.
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MARIAALEX
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Femenino
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyMiér Mar 22 2017, 15:53

A propósito de este tema, encontré en la página de afip el evento 2916 del 20/03/2017, bien fresquito, dice " se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el regimen especial de la Ley 24828. Aquellas que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia continuarán efectuando los aportes de 407,79" Qué me cuentan?
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lgenoula
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lgenoula


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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyLun Ago 13 2018, 12:03

lujan escribió:
Hola gente estoy tratando de completar un año a una señora que le falta para la moratoria y me comentaron aporte autonomo ama de casa? la verdad ni idea, yo pensaba en autonomo comun, porque esta señora no quiere perder su obra social por eso no quiere monotributo, gracias


Afip escribió:
Copio el evento 15/06/2018

Evento 2916 - ¿Cómo se realizan los aportes voluntarios como ama de casa?
15/06/2018 12:00:00 a.m.

Se podrá realizar aportes voluntarios en la medida que se posea menos de 55 años. La categoría mínima es la "I" ($ 1.501,92 por mes) pudiendo optar por cualquier otra categoría superior.

Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828. Aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 516,29.-.

Fuente: Res. 88/2018 (ANSES)


Solo quedaría monotributo?

Necesito inscribir y aportar 5 meses
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celeste.955
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyLun Ago 13 2018, 12:39

Fines de julio inicie una Jubilación por Ley 26970 que tenia Inscripcion desde el 10/2014 como ama de casa cat 210. tenia todos los meses en 0. El viernes la acordaron.
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lgenoula
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lgenoula


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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyLun Ago 13 2018, 16:55

celeste.955 escribió:
Fines de julio inicie  una Jubilación por Ley 26970 que tenia  Inscripcion desde el 10/2014 como ama de casa cat 210. tenia todos los meses en 0. El viernes la acordaron.

Yo necesito 5 pagos desde agosto de 2018 en adelante, por lo que no lo veo posible.
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danielcorrentino
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyJue Ago 16 2018, 18:06

inscribila como monotributista promovido ( sin obra social $384.02)
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MARIAALEX
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MensajeTema: Re: Aporte autonomo ama de casa es viable?   Aporte autonomo ama de casa es viable? EmptyVie Ago 17 2018, 05:36

El monotributo común es rápido respecto a los tramites de alta e inscripcion
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