Claro, en el Sicam va todo lo independiente.
Lo que habia de antemano que deberia aparecerte,
Mas lo que compres en moratoria, todo eso constituye la situacion de revista Sicam que una vez que la completes te debe dar 30 años de servicios o algo menos por el exceso de edad, que no se pone en Sicam sino en la SPP.
Fijate que los periodos pagos realmente no tengan saldo deudor por atrasos.
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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-