Hola foristas!
El Sr. se jubiló por invalidez con la ley 22955.
En 1997 hizo un reclamo administrativo que fue rechazado.
En 1999 falleció y ahora su esposa (pensionada) quiere iniciar un reajuste de haberes.
Está en tiempo de hacerlo?
De ser así, hay que hacer nuevamente el reclamo administrativo?
Gracias, Bibi