ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 Correcta Invocación de "Beneficios"

Ir abajo 
2 participantes
AutorMensaje
Nan
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 496
Empleo /Ocio : contadora

Correcta Invocación de "Beneficios" Empty
MensajeTema: Correcta Invocación de "Beneficios"   Correcta Invocación de "Beneficios" EmptyLun Oct 18 2010, 09:07

Hola!! Los quiero consultar por dos dudas:
1) Tengo que aplicar beneficios en períodos impagos discontinuos entre el 55 y el 93.
El art. 16 de la ley 14236 o art. 1 ley 25321 es la correcta invocación ?, ya que he leído que la ley 14236 es para períodos hasta 09/93 otros establecen hasta 09/2000, igualmente estoy trabajando con períodos prescriptos 55-93, nunca hasta el momento tuve que aplicar la 14236 pero ahora por la 555 observo que algunos la aplican no interpreto en la práctica la ventaja con respecto a la 25321.
2) Para DDJJ según año de cese siempre aplicamos art. 3 ley 24476 no?
Gracias!!
Nan.-
Volver arriba Ir abajo
Guindu25
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 2935
Empleo /Ocio : Contadora

Correcta Invocación de "Beneficios" Empty
MensajeTema: Re: Correcta Invocación de "Beneficios"   Correcta Invocación de "Beneficios" EmptyLun Oct 18 2010, 09:28

Nan escribió:
Hola!! Los quiero consultar por dos dudas:
1) Tengo que aplicar beneficios en períodos impagos discontinuos entre el 55 y el 93.
El art. 16 de la ley 14236 o art. 1 ley 25321 es la correcta invocación ?, ya que he leído que la ley 14236 es para períodos hasta 09/93 otros establecen hasta 09/2000, (esto ultimo) igualmente estoy trabajando con períodos prescriptos 55-93, nunca hasta el momento tuve que aplicar la 14236 pero ahora por la 555 observo que algunos la aplican no interpreto en la práctica la ventaja con respecto a la 25321. - fijate hay varios post y en la biblioteca las diferencias entre los beneficios, sobre la 555 tambine hay videoconferencias, hay que seguir las actualizaciones...para tu casa supongo q es indistinto...
2) Para DDJJ según año de cese siempre aplicamos art. 3 ley 24476 no? tambien el art 38 pero para periodos anteriores a 01/1969-aplicá el art 3 nomas en tu caso Gracias!!
Nan.-
Volver arriba Ir abajo
 
Correcta Invocación de "Beneficios"
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» Correcta aplicación de Beneficios
» CIRCULAR GP 53/08-ACRED . SDM- DEBATE - CORRECTA INTERPRETACION
» Aplicacion correcta Res 524 (tema separado) Gloria
» Incompatibilidad de Beneficios
» beneficios art.3

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Previsional :: Sistema Previsional :: Jubilaciones Ordinarias-
Cambiar a: