Estimados, siempre veo este foro y la verdad es muy bueno, les aclaro que no suelo dedicarme a jubilaciones o pensiones, y me traen un caso en el cual estuve investigando y tengo muchas dudas. Es el caso de un Hombre jubilado por moratoria y quiere solicitar pensión. Su cónyuge falleció en el año 1990 y nunca tuvo aportes. Las consultas son:
1) Según la resolución 884/06, circular GP 70/2006 inc) g, no es necesario cancelar toda su deuda para acceder a una pensión y cobrar pensión y jubilación?
2) En caso de que estos beneficios sean compatibles, para hacer el sicam para acreditar la regularidad o irregularidad, hago como los normales el sicam?
Pido disculpas si no expresé bien y si alguien puede darme una mano bienvenido sea!!!