| NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA | |
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+5casbarrog docta moni01 Alejandra Radua fer 9 participantes |
Autor | Mensaje |
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Vie Abr 15 2011, 16:50 | |
| Hola foristas! Queria preguntarles si alguna vez les pasó o qué hacer en el caso, ya que tengo un reajuste con contestación de demanda y el juzgado en el proveido no me da traslado ni siquiera de la prescripcion de los 2 años opuesta por el ANSES. El proveido dice textualmente: "Tengase a la demandada por presentada, por parte y por constituido el domicilio. Por contestada la demanda. Tengase presente la prueba ofrecida y la reserva del caso federal para su oportunidad. Tengase presente lo demás manifestado para su oportunidad". Qué hago me notifico igual y contesto? Pero no me dieron traslado. yo pensaba en desisitr de la pericial contable y pedir conclusa para definitiva ya que la unica prueba de ambas partes es la documental (expte. adimnistrativo) y recibos y todo lo que se adjunta en estos caso. Les agradecería mucho sus consejos. Buen fin de semana!
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Alejandra Radua Gran Usuario
Mensajes : 267
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Vie Abr 15 2011, 17:26 | |
| Seguro que es el juzgado 9. |
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Vie Abr 15 2011, 17:56 | |
| Hola Alejandra. Gracias por leer mi mensaje. si, es ese juzgado. Te paso a vos tambien? De ser asi, que hiciste en ese caso? Gracias! |
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Alejandra Radua Gran Usuario
Mensajes : 267
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Vie Abr 15 2011, 18:04 | |
| Yo no lo contesté. Pero dicen algunos foristas que es preferible contestar. Esperá más opiniones. |
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Dom Abr 17 2011, 21:03 | |
| Hola. Quisiera saber también de otras experiencias. Por favor, si alguno me puede contar la suya o darme sus consejos se los agradecería enormemente! Saludos! |
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Alejandra Radua Gran Usuario
Mensajes : 267
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Dom Abr 17 2011, 21:16 | |
| Igualmente, tampoco leen nada para dictar sentencia. Si es un reajuste jubilatorio, te dena el reajsute del haber inicial y la movilidad. Si es un reajuste de una pensión, te dena la movilidad. |
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moni01 Meritorio
Mensajes : 47
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Abr 18 2011, 11:58 | |
| Hola Fer!!! A mi me pasó lo mismo pero en el Juz 3. Me aconsejaron contestar pero en el ecabezamiento del escrito no pongas "Contesta traslado" porque no lo tenés, simplemente "Manifiesta" y contestás todos los puntos que plantea el ANSeS. Para eso, vas a tener que sacar fotocopia de la contestación de demanda, sin notificarte. Saludos.- |
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Abr 18 2011, 16:58 | |
| Hola moni08. Entonces el traslado es por nota desde el proveido que dice..."Tengase por contestada la demanda...", etc. etc. es así? |
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moni01 Meritorio
Mensajes : 47
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Abr 18 2011, 20:42 | |
| No Fer, no hay traslado, vos para impulsar el expediente, presentas un "Manifiesta" y contestas punto por punto los planteos del Anses, como si te hubieran dado traslado; y después pedís la conclusa, porque esos Juzgados no dan traslado de la contestación del organismo.- |
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Mar Abr 19 2011, 16:00 | |
| Gracias moni01! yo cuando dije traslado quise decir el plazo en el que debería presentar ese "manifiesta". Pero entiendo que como no es traslado justamente lo puedo presentar aun asi si desde el proveido que tiene por contestada la demanda, hubieran transcurrido 5 dias habiles. Gracias ya entendí!!! |
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docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Vie Abr 22 2011, 20:33 | |
| fer podés contestar la contestación en cualquier momento, ya que para vos no están corriendo los 5 dîas por no haberte corrido el traslado, salvo que hayas presentado un escrito impulsorio en el medio pero creería que no no?, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Sáb Abr 23 2011, 17:56 | |
| Hola docta. No, no presenté ningún escrito impulsorio en el medio. Por suerte esta todo en orden. Gracias por sus consejos y Felices Pascuas a todos! |
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casbarrog Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Mar Mayo 10 2011, 23:56 | |
| Hola gente.- yo estoy igual que el forista que abrió el post pero en el juzgado nº 8.-
tienen a la anses por presentada, presente las oposiciones, la reserva del caso federal y difieren la prescripción para la sentencia.- (o sea en ningún momento me dan traslado de la contestación de anses).- pero además ordenan oficio para que acompañen administrativo y lo confeccionan en secretaría y, como tonta, lo retiré hoy y obvio dejé nota.- Eso implica que ya no puedo presentar en un manifiesta la contestación a anses? agradezco una contestación estoy re preocupada.- gracias y saludos
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fymj Meritorio
Mensajes : 27 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Miér Mayo 11 2011, 00:29 | |
| yo lo dejaría contando los 5 días desde que retiraste el oficio (sería como una notificación tácita). ... |
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fymj Meritorio
Mensajes : 27 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Jue Mayo 12 2011, 18:06 | |
| Yo estoy en la misma con algunos juzgados que no me dan traslado. Algunos sólo dan traslado de las excepciones y otros ni siquiera (como el 3). Por lo pronto estoy contestando cuando me oponen excepciones (me ha pasado con cosa juzgada e inhabilidad de instancia por ejemplo), pero si ANSES se limita a refutar los puntos de la demanda no estoy contestando nada cuando no me dan traslado. Por qué es conveniente hacerlo de todos modos? me interesan sus opiniones, quizás me esté equivocando.. |
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markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Vie Mayo 13 2011, 04:34 | |
| Si bien el juzgado 3 y 8 no dan traslado, podemos, como solemos hacer, presentar un MANIFIESTA respecto a la contestacion de Anses.
Es cierto que las excepciones de especial pronunciamiento deben ser trataadas, pero parece que algunas opiniones judiciales distan bastante de su tratamiento derivandolas para el momento de dictar sentencia.
Por nuestro lado le cambiamos el titulo a contesta traslado y agregamos MANIFIESTA, con los mismos embate sobre cada una de las partes.
De esa manera evitamos cualquier incidencia que suceda en el exte.
saludos |
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fer Gran Usuario
Mensajes : 296
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Sáb Mayo 14 2011, 16:01 | |
| Hola a todos. Luego de haber abierto el post, llego a la conclusión que en el caso es mejor estar cubierto por las dudas. Tal como dicen los foristas que han vivido esta experiencia dejar un "manifiesta" nos deja a resguardo al menos para ratificar demanda. Eso si, si no te notificaste de nada y tomaste nota de la contestacion de demanda, ahi podes dejar el manifiesta cuando quieras. En otro caso como me paso a mi que quise sacar fotocopia sin notificarme, lamentablemente tuve que dejar constancia en el libro de fotocopias y cumpli dentro de los 5 dias habiles (por las dudas) con la presentacion del manifiesta. Y si encima ANSES interpuso alguna excepción, mejor aun asi dejamos todo preparado y cubierto para la sentencia. Recordemos que seguro ANSES va a oponer la prescripcion del 82 y con solo eso, en mi opinion, ya habrian motivos para contestar.- Saludos a todos!!! |
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Josefina2011 Meritorio
Mensajes : 39
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Ago 01 2011, 22:32 | |
| hola chicos,
para los que saben, el juzgado 3 nunca da traslado? gracias!
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mkimayr Meritorio
Mensajes : 85
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Ago 01 2011, 22:36 | |
| A mi me pasó lo mismo y yo por las dudas contesté el traslado. Saludos |
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Josefina2011 Meritorio
Mensajes : 39
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Ago 01 2011, 22:40 | |
| lo preguntaba pq estoy en una situacion complicada, y que se agrego la contestacion de demanda que estaba perdidisima y bueno buscandola en la pila con el de mesa de entrada se agrego, pero se dejo otro escrito impulsorio, es asi, que me esta venciendo el plazo mañana y todavia no pude ver el despacho a la constestacion, entonces no se que hacer, si lo dejo como un manifiesta o como un contesta traslado.- por internet no sale nada, quizas a ellos en su compu si, tiene actualizados los proveidos, ESO ESPERO! |
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markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Ago 01 2011, 23:04 | |
| No entendi bien pero tengamos en cuenta que el art. 135-2 ordena correr traslado de excepciones y comienza a computarse el plazo una vez producida la notificación personal o por cedula. Art. 135. - Sólo serán notificadas personalmente o por cédula las siguientes resoluciones: 2) La que dispone correr traslado de las excepciones y la que las resuelva. Ahora bien, la incidencia con el juzgado 3 refiere al AUTO ANTICIPATORIO y el reiterado "estese al auto anticipatorio". Es claro que la contestación de demanda al menos contiene la excepcion respecto al art .82 de la ley 18037 -prescripcion bianual- por lo que hasta que no sean notificado conf. art. 135-2 no corre plazo. No hay plazo por nota, y en los nuevos autos auticipatorio ya han agregado que debe notificarse la parte actora de las excepciones previas personalmente o por cedula (la cedula no sale nunca). En resumen, hasta que no se retire copia de la contestación y se notifiquen no corre plazo. Corresponde contestación al traslado conferido en el auto anticipatorio. Saludos |
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mkimayr Meritorio
Mensajes : 85
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Ago 01 2011, 23:19 | |
| - markello escribió:
- No entendi bien pero tengamos en cuenta que el art. 135-2 ordena correr traslado de excepciones y comienza a computarse el plazo una vez producida la notificación personal o por cedula.
Art. 135. - Sólo serán notificadas personalmente o por cédula las siguientes resoluciones: 2) La que dispone correr traslado de las excepciones y la que las resuelva. Ahora bien, la incidencia con el juzgado 3 refiere al AUTO ANTICIPATORIO y el reiterado "estese al auto anticipatorio".
Es claro que la contestación de demanda al menos contiene la excepcion respecto al art .82 de la ley 18037 -prescripcion bianual- por lo que hasta que no sean notificado conf. art. 135-2 no corre plazo.
No hay plazo por nota, y en los nuevos autos auticipatorio ya han agregado que debe notificarse la parte actora de las excepciones previas personalmente o por cedula (la cedula no sale nunca).
En resumen, hasta que no se retire copia de la contestación y se notifiquen no corre plazo.
Corresponde contestación al traslado conferido en el auto anticipatorio.
Saludos
Última edición por mkimayr el Lun Ago 01 2011, 23:20, editado 1 vez (Razón : perdón me parece que escribí en cualquier lado, mi pregunta era vos recibiste una cédula?) |
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Josefina2011 Meritorio
Mensajes : 39
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Lun Ago 01 2011, 23:41 | |
| hola gracias por la rapida respuesta, en realidad se notificaron personalmente, por lo tanto esta corriendo el plazo, pero no se pudo ver el provido todavia sobre la contestacion de la demanda de anses, por eso la pregunta si siempre el 3 no da tralado, y hay que hacer una presentacion con un manifieta? |
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markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Mar Ago 02 2011, 01:14 | |
| NO hay proveido diferente en la contestacion de demanda, dice "estese al auto anticipatorio" todo escrito presentado por las partes luego del primer despacho, salvo circunstancia excepcional, sale con el "estese".
En el primer despacho da traslado, por tanto hay que contestar, diferente casos como el juzgado 8 que NO dan traslado por no entender existencia de excepciones previas previstas en el 135 pto 2 del CPCCN por lo que alli SI hay que presentar un manifiesta como si fuera la contestacion.
El 3 da traslado, si bien no es obligación, corresponde contestar, por supuesto, el traslado lo da en el auto anticipatorio.
saludos |
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markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA Mar Ago 02 2011, 01:18 | |
| Hasta hoy no hemos recibido ningún tipo de cédula respecto a las excepciones previas.
Entendemos que ningun juzgado emite cédula respecto a la contestación de demanda y el traslado, pero no es obice que pueda ocurrir algún dia.
En la práctica las notificaciones de la contestación de demanda son personales.
saludos |
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| Tema: Re: NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA | |
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| NO ME DAN TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA | |
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