| Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip | |
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+14Laura Cba zulecastagnani aimael vivianaprm Anya fede66 periquita Gaturro ELVIRA PAZ graciela portugal heman carlos alberto MARIMO atorrante1422 18 participantes |
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atorrante1422 Meritorio
Mensajes : 44
| Tema: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 15:02 | |
| recien la envie para que la suban a la bibliteca es la circ GP N° 33/11 que norma la presentacion de pruebas tendientes a la acreditacion de periodos fuera de moratoria. |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 16:24 | |
| - atorrante1422 escribió:
- recien la envie para que la suban a la bibliteca es la circ GP N° 33/11 que norma la presentacion de pruebas tendientes a la acreditacion de periodos fuera de moratoria.
¡¡¡Muchas gracias por el aporte.¡¡¡¡¡¡ Ha sido alojada en la biblioteca Ubicacion: CIRCULARES 2011 |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 17:25 | |
| - atorrante1422 escribió:
- recien la envie para que la suban a la bibliteca es la circ GP N° 33/11 que norma la presentacion de pruebas tendientes a la acreditacion de periodos fuera de moratoria.
Pregunto: con q animo se hace esto? Será p seguir restringiendo las posib d acceso a las prestaciones? Carlos. |
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heman Gran Usuario
Mensajes : 488
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 18:06 | |
| Hola Carlos Alberto, en este caso es para complementar la res de afip 3062 y la GPA 15/11 de anses (leyenda rosada) y modificar la 555. Es decir en los periodos prescriptos (despues del 9/93) no tenes que ir a la afip a modificar el padrón. En el caso de que tengas alugnos pagos por ejemplo vos podes crear la situación de revista y si no queres presentar pruebas directamente lo prescribis (14236) o lo renuncias (25321). Pasa que en afip estaban podridos de trabajar para anses y ahora en los periodos presciptos fuera del puc delegaron su aprobación a anses. |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 18:08 | |
| Yo entiendo que lo que queda dentro de la moratoria seguiria todo igual, espermos otras opiniones |
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heman Gran Usuario
Mensajes : 488
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 18:30 | |
| Si Graciela hasta el 9/93 todo sigue igual lo dice la misma circular. Se trata de los periodos prescriptos desde el 30/9/93 hasta 10 años antes de la solic........Nada cambia en el período de la moratoria como tampoco aquello fuera de la moratoria que está en el puc. |
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ELVIRA PAZ Meritorio
Mensajes : 35 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 19:40 | |
| digo...se aplica a los ya ingresados??? el cartel rosa que aparece cuando cargamos la situación de revista antes del 09/1993 es para presentar el 460, y hacer coincidor com el puc? me aparece aun en un caso que la señora no tiene nada, cosa que antes no se hacia..hay que pressentar entonces el 460 en AFIP? gracias por la publicacion en la biblioteca y por las opiniones
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atorrante1422 Meritorio
Mensajes : 44
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Miér Mayo 18 2011, 19:48 | |
| Lo que yo entendi es que los periodos alcanzados por la moratoria hasta 30/09/93 no tendriamos inconvenientes en modificarlos e incluso quienes estuvieron incriptos y pagaron en termino tampoco seria problema solo para los que modificaron sus categorias despues del 09/93 o pagaron extemporaneamente solo para jubilacion o pension y en periodos no prescriptos por AFIP (mas de 10 años de antiguedad) |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 09:09 | |
| Yo lo entiendo asi:
Los que esta en el PUC de hoy a 10 años para atras sirve, si me falta algo voy a la afip, muestro mis pagos y me lo incluyen, altas retroactivas no hay. Esta prueba la valora Afip. (Res 3062)
Anterior a los 10 años, lo que esta en el PUC; en el PHA; en el Sicam que hubiera sido abonado en tiempo y forma, vale todo, si necesito ampliar puedo extenderme hasta 09/1993 por mera declaracion en Sicam haciendo base en esa inscripcion o pago historico, si cruzo la linea de 24476, tambien puedo, presentando las pruebas pero solo hasta 10 años anteriores a mi pedido. Si necesito aportes por debajo del primer registro historico debo presentar pruebas que las valora Anses. (Res 555/10 y 33/11)
Si tengo que jubilar a una Sra. costurera o Sr. albañil que siempre han trabajado informalmente y no tienen ni un aporte, debere presentar por la Sra, su diplomita de cuando iba al corte y confeccion, alguna factura de epoca de sus trabajos u otros indicios; por el caso del albañil, algun presupuesto para el mandante, alguna poliza por alguna obra riesgosa, alguna factura de materiales, etc. Esta prueba la valora Anses.-
Toda la prueba que me falte me hacen un debera y tengo 30 dias para incluirla, si no lo hago mi tramite se deniega.-
_________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 09:46 | |
| - Gaturro escribió:
- Yo lo entiendo asi:
Los que esta en el PUC de hoy a 10 años para atras sirve, si me falta algo voy a la afip, muestro mis pagos y me lo incluyen, altas retroactivas no hay. Esta prueba la valora Afip. (Res 3062)
Anterior a los 10 años, lo que esta en el PUC; en el PHA; en el Sicam que hubiera sido abonado en tiempo y forma, vale todo, si necesito ampliar puedo extenderme hasta 09/1993 por mera declaracion en Sicam haciendo base en esa inscripcion o pago historico, si cruzo la linea de 24476, tambien puedo, presentando las pruebas pero solo hasta 10 años anteriores a mi pedido. Si necesito aportes por debajo del primer registro historico debo presentar pruebas que las valora Anses. (Res 555/10 y 33/11)
Si tengo que jubilar a una Sra. costurera o Sr. albañil que siempre han trabajado informalmente y no tienen ni un aporte, debere presentar por la Sra, su diplomita de cuando iba al corte y confeccion, alguna factura de epoca de sus trabajos u otros indicios; por el caso del albañil, algun presupuesto para el mandante, alguna poliza por alguna obra riesgosa, alguna factura de materiales, etc. Esta prueba la valora Anses.-
Toda la prueba que me falte me hacen un debera y tengo 30 dias para incluirla, si no lo hago mi tramite se deniega.-
gaturro, entonces vos decís que no va más la moratoria sin pruebas? |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 09:53 | |
| Es mi interpretacion de la Circular, puedo equivocarme, escuchemos otras interpretaciones y resultados en inicio. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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heman Gran Usuario
Mensajes : 488
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 10:20 | |
| Hola Gaturro y Graciela. La misma circular es explicita en este tema en el sentido de que antes del 9/93 no se piden pruebas porque está dentro del plan de regularización de la 24476 (aunque aparezca en rosado). Despues del 9/93 y hasta 10 años ante del sicam poedes inclir situaciones de revista fuera del puc probandolas; ya el tener pagos en el sicam o en el sijip en tiempo y forma exime de pruebas.
Pero yendo a la moratoria, en este período sigue todo igual ya que una circular, resolución, o cualquier norma de rango inferior a la ley no la puede modificar. En este sentido está explicito en la circular. |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 10:36 | |
| Hola
Aunque la redacción es confusa, interpreto como atorrante, graciela portugal y heman: lo comprendido dentro de la 24476, hasta 09/93, sin pruebas.
Saludos |
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fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 10:55 | |
| - periquita escribió:
- Hola
Aunque la redacción es confusa, interpreto como atorrante, graciela portugal y heman: lo comprendido dentro de la 24476, hasta 09/93, sin pruebas.
Saludos lo mismo opino!! es lo mismo que la resol 3062. con la diferencia que las pruebas ahora hay que presentarlas en anses y antes en afip!!! siempre y cuando se quiera modificar el puc!! posterior al 09/93 el resto todo igual!! saludos |
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Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 11:10 | |
| Yo interpreto igual, en este parrafo lo dice: Los períodos abarcan desde la fecha de inicio de actividades autónomas hasta el mes anterior al cumplimiento de los diez años inmediatos anteriores al mes en el cual se confeccionó el SICAM. Si la fecha de inicio de actividades autónomas ocurrió antes del mes de octubre de 1993, el período anterior a dicho mes se considera probado con la denuncia efectuada por el afiliado en el marco del plan de facilidades otorgado por la Ley Nº 24.476 (Capítulo II).
Antes del 93 con solo incorporar la situación de revista se encuentra probado. |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 11:42 | |
| - Anya escribió:
- Yo interpreto igual, en este parrafo lo dice:
Los períodos abarcan desde la fecha de inicio de actividades autónomas hasta el mes anterior al cumplimiento de los diez años inmediatos anteriores al mes en el cual se confeccionó el SICAM. Si la fecha de inicio de actividades autónomas ocurrió antes del mes de octubre de 1993, el período anterior a dicho mes se considera probado con la denuncia efectuada por el afiliado en el marco del plan de facilidades otorgado por la Ley Nº 24.476 (Capítulo II).
Antes del 93 con solo incorporar la situación de revista se encuentra probado. Hola Anya: Coincido con Periquita que esta confusa en algunos tramos. Me queda clarisimo para los lapsos que abarca para 10 al presente y de antes de 10 hasta el 55 con 18 años cumplidos, es el corte que hizo la 3062 y ahora empalma con la 33/11 poniendo como stopper al Anses. Lo que resaltaste en rojo es quiza la parte que mas se presta a confusiones: Donde dice periodo, en nuestra jerga comun al Anses, significa: periodo = mes de devengamiento, si me atengo a lo linguistico , debo interpretar que si tiene un pago o una inscripcion en Enero 1980, la nueva norma me acredita el periodo anterior devengado, o sea Diciembre de 1979 y si Enero del 80 no lo tengo pago debere probarle la actividad segun el listado. Yo como todos Uds. quisiera que las cosas sean como siempre o mejor, pero hasta que no salga una aclaratoria que pinte situaciones con ejemplos no vamos a tener ninguna seguridad en inicio porque si yo estoy interpretando mal por solo seguir la letra de la norma, lo mismo puede hacer un iniciador. Quisiera estar equivocado por nuestro bien. Esperemos. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 12:01 | |
| Si, la verdad que está confusa la resolución (como siempre), ojalá esta vez te equivoques! jaja. La volvi a leer y sigo interpretando lo mismo: Periodos no prescriptos: aplicación de la RG 3062. Periodos prescriptos: desde la inscripción en autonomo/monotributo hasta el mes anterior al cumplimiento de los 10 años inmediatos al mes en que se confecciona el Sicam hay dos casos ------- hasta 09/1993 se considera probado con la sola denuncia en el plan de facilidades Ley 24476. --------desde 10/1993 hasta el mes anterior al cumplimiento de los 10 años se aplica la probatoria 33 presentando las pruebas requeridas.
Esperemos se aclare pronto! |
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fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 13:03 | |
| - Anya escribió:
- Si, la verdad que está confusa la resolución (como siempre), ojalá esta vez te equivoques! jaja.
La volvi a leer y sigo interpretando lo mismo: Periodos no prescriptos: aplicación de la RG 3062. Periodos prescriptos: desde la inscripción en autonomo/monotributo hasta el mes anterior al cumplimiento de los 10 años inmediatos al mes en que se confecciona el Sicam hay dos casos ------- hasta 09/1993 se considera probado con la sola denuncia en el plan de facilidades Ley 24476. --------desde 10/1993 hasta el mes anterior al cumplimiento de los 10 años se aplica la probatoria 33 presentando las pruebas requeridas.
Esperemos se aclare pronto! anya estoy de acuerdo con lo espuesto!! la probatoria 33/11 es la misma que 3062! cuando sale la 3062 para probar servicios en afip te pedian las mismas pruebas!! ( ahora aclara un poco mas que tipos de pruebas) pero antes en afip si no llevabas ese tipo de pruebas no te modificaban la sit de rev!! ahora paso a controlar esas modificacion la anses ( pusieron un stopper!! jeje dijo ) para mi no a cambiado nada!! solamente que el control lo quiere tenes anses! |
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vivianaprm Gran Usuario
Mensajes : 298 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 13:32 | |
| Lo que yo entiendo es que lo que cambia con esta Resolucion es quien se hace cargo (antes Afip ahora Anses) de los periodos que van desde octubre de 1993 a abril de 2001. O sea periodos prescriptos que a AFIP no le interesa trabajar sobre ellos porque justamente están prescriptos y no los pueden reclamar en un eventual cobro judicial y que no entren en la 24476. Llegue a esa conclusión leyendo el anexo III, fijense a ver si opinan como yo. Ojala que sea así. Viviana |
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aimael Meritorio
Mensajes : 92 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 13:59 | |
| pasa que en el primer parrafo se hace confuso porque dice "desde el inicio de actividades autónomas hasta el mes anterior al cumplimiento de los diez años inmediatos anteriores al mes en el cual se confeccionó el SICAM. leido asi solo parece que si le hacemos un sicam desde cumplio 18 como comunmente hacemos parece que desde alli deberiamos ajustarnos a la probatorio, Luego si seguimos leyendo "Si la fecha de inicio de actividades autónomas ocurrió antes del mes de octubre de 1993, el período anterior a dicho mes se considera probado con la denuncia efectuada por el afiliado en el marco del plan de facilidades otorgado por la Ley Nº 24.476" (aquie entraria todo lo que le haciamos sicam desde cumplia los 18 hasta 09/93) yo entiendo q se modifica lo dicho en primer termino, q el primer parrafo tiene una redaccion poco feliz! A ellos les encanta sacar aclaratorias jajajaja! |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Jue Mayo 19 2011, 14:33 | |
| Leyendo y releyendo la 33/11 creo que todo sigue igual si está dentro de la moratoria , de otro modo no estaría especificamente aclarado, lo que pasa es que está mal insertado el párrafo que hace referencia a ello y el párrafo que sigue se complementa con la primera parte que está en negrita Los períodos abarcan desde la fecha de inicio de actividades autónomas hasta el mes anterior al cumplimiento de los diez años inmediatos anteriores al mes en el cual se confeccionó el SICAM. Si la fecha de inicio de actividades autónomas ocurrió antes del mes de octubre de 1993, el período anterior a dicho mes se considera probado con la denuncia efectuada por el afiliado en el marco del plan de facilidades otorgado por la Ley Nº 24.476 (Capítulo II). En consecuencia, en dichos supuestos, el afiliado no deberá concurrir a la Agencia de AFIP para comprobar los períodos descriptos en el párrafo anterior, ya que las UDAI evaluarán la prueba de la actividad y de la categoría denunciada según el detalle de las pruebas de la actividad autónoma que obra en el Anexo I de la presente. Se deja constancia que la nómina de las pruebas detalladas en dicho Anexo son de carácter enunciativo, por lo tanto resultará suficiente la agregación de una de ellas en cada caso o de otras que fuesen conducentes para la comprobación de la actividad denunciada, conforme los apartados VIII y IX (Pruebas de Actividades Regladas y No Regladas respectivamente) de la norma PREV-19-05. A partir de la vigencia de la presente, se procederá a solicitar la prueba requerida conforme |
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zulecastagnani Gran Usuario
Mensajes : 271 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Vie Mayo 20 2011, 08:29 | |
| En resumen: entienden asi?
- periodos anteriores 09/1993: moratoria ( aprobado) sin pruebas.
- . periodos posteriores al 09/1993:
. prescriptos ( + de 10 años): debe figurar en PUB o presentar pruebas ante ANSES con la nota que se adjunta en anexo.
En caso que las pruebas sean validas para Anses cargan dichos periodos.
. no prescriptos (- de 10 años) : deben figurar en PUB o si se debe modificar, se presenta todo mediante AFIP. |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Vie Mayo 20 2011, 10:27 | |
| Si, tal cual , yo lo entiendo así. Ahora habrá que ver el criterio de las UDAI |
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Laura Cba Auxiliar
Mensajes : 165
| Tema: Circular 33/11 Vie Mayo 20 2011, 11:07 | |
| Como hacemos para presentar las pruebas que exige la nueva circular si compramos aportes con la 24476????
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aimael Meritorio
Mensajes : 92 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Nueva probatoria 33/11 Anses y empalme con 3062 Afip Vie Mayo 20 2011, 11:37 | |
| - Laura Cba escribió:
- Como hacemos para presentar las pruebas que exige la nueva circular si compramos aportes con la 24476????
Lau yo entiendo que eso te va a quedar en el periodo desde q cumple 18 hasta 09/1993 y q no tenes q presentarles pruebas basta con la moratoria, si vas a tener q presentar por el periodo de ahi en adelante, o sea si nos situamos a la fecha de hoy tendras q presentar desde 10/1993 a 04/2001, que alguien me corriga si interpreto mal?
Última edición por aimael el Vie Mayo 20 2011, 14:50, editado 1 vez |
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