Un señor tiene 30 años aportados en relación de dependencia pero tambien tiene aportes en autónomos por lo que tengo que realizar una liquidación de autónomos para llevar la deuda en 0, le practiqué la liquidación por la ley 24241 y tiene algunos períodos con deuda 1/84 al 03/84 , y luego 12/98 hasta actualidad algunos períodos alternados, está bien el tramo 01/84 al 03/84 prescibir por art. 3º ley 24476? y el resto renuciarlos por art 1º ley 25321?, y luego imprimo los 558 para llevar a Anses?
Gracias!!
Nancy